Los ministros coincidieron en que las entidades federativas no pueden alterar la universalidad de los derechos humanos, pues se vulneraría la seguridad jurídica
El ministro Gutiérrez Ortiz explicó que la protección al
feto es incremental, siempre y cuando, se respete a las personas con capacidad
de gestar su decisión sobre su proyecto de vida / Foto: Especial
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)
declaró inconstitucional que las entidades federativas reconozcan la vida humana desde la concepción.
En sesión del Pleno, los ministros invalidaron el
artículo 4 de la Constitución de Sinaloa que establecía que, "desde
el momento en que un individuo es concebido, entra bajo la protección de la ley
correspondiente, hasta su muerte".
Por lo que, con el proyecto aprobado, se señala que la
vida es un continuo por lo que pretender decir cuándo inicia es absurdo.
“Los estados no
pueden alterar la esencia de los derechos humanos”, afirmó el ministro Luis
María Aguilar durante su intervención.
En la discusión, los ministros coincidieron en que las
entidades federativas no pueden alterar la universalidad de los derechos
humanos, pues argumentaron que al hacerlo, se vulneraría la seguridad jurídica
y sólo pueden modificar las normas si serán compatibles al principio
de progresividad.
El ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, ponente del
proyecto, explicó en sesión que la propuesta, establece que el embrión debe ser reconocido como un bien y
protegerse pero que su protección no puede competir con los derechos de las
personas nacidas.
Asimismo, explicó que la protección al feto es
incremental, siempre y cuando, se respete a las mujeres y personas con
capacidad de gestar su decisión sobre su proyecto de vida.
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