La iniciativa de reformas al Código Penal prevé agravantes para esas conductas cuando sean cometidas por servidores públicos, con lo cual las penas aumentarán en dos años más.
El grupo parlamentario de Morena propuso tipificar el
robo de dispositivos, productos o insumos para la salud, destinados a la atención
de emergencias sanitarias, epidemias o pandemias, a quien promueva la venta de
esos productos de dudosa procedencia y a quienes usen su cargo para facilitar o
permitir el acceso a programas de salud a sus familias.
La iniciativa de reformas al Código Penal prevé agravantes
para esas conductas cuando sean cometidas por servidores públicos, con lo cual las
penas aumentarán en dos años más. Actualmente, las sanciones para el delito de
robo varían de acuerdo con el valor de lo robado.
El diputado de Morena, Bryan Tinoco Ruíz explicó que ante el
robo o sustracción de vacunas que se registró el año pasado, la existencia de
sitios que ofrecían la venta de falsas dosis, el problema por la escasez y
venta de tanques de oxígeno y actos de influyentismo para vacunarse se
requieren reformas al Código Penal del Estado de México.
El objetivo, dijo, es establecer una respuesta de
control severa que prohíba el robo de vacunas e insumos para atender
enfermedades, epidemias graves o pandemias y establecer agravantes a quienes
sustraigan vacunas, medicamentos o insumos y productos de dependencias o
entidades del Sistema Nacional de salud y sancionar a quienes aprovechándose de
su posición accedan a vacunas en jornadas extraordinarias como la que se
realiza contra el Covid-19.
Además del robo de vacunas, precisó, existen insumos
fundamentales para afrontar la pandemia, utilizados tanto en instituciones
médicas públicas o privadas, como en el hogar, entre ellos, cilindros o tanques
con oxígeno medicinal.
También medicamentos, sustancias psicotrópicas,
estupefacientes y las materias primas y aditivos que intervengan para su
elaboración; así como equipos médicos, prótesis, órtesis, ayudas funcionales,
agentes de diagnóstico, insumos de uso odontológico, material quirúrgico, de
curación y productos higiénicos.
Las propuestas
La iniciativa prevé reformar el artículo 288 para establecer
que cometerá el delito de robo: "quien sustraiga o se apodere de
forma indebida de dispositivos, productos o insumos para la salud, destinados
para la atención de emergencias sanitarias, epidemias o pandemias, y cuyo
objetivo sea lucrar o utilizarlo para beneficio propio.
En caso de que participara algún servidor público que tenga
a su cargo funciones de administración u operativas de salud,
independientemente de la sanción por el robo, se adicionarían dos años más de
prisión.
La reforma al artículo 306 busca sancionar a
quien "difunda o promocione por cualquier medio la venta de
dispositivos, productos y/o insumos destinados para la atención de emergencias
sanitarias, epidemias o pandemias de dudosa procedencia para obtener un lucro
indebido".
Si en ese acto participara algún servidor público con
funciones de administración u operativas de salud, independientemente de la
pena por robo, se adicionarían dos años más de prisión.
En cuanto al artículo 355, busca sancionar al "servidor
público que gestione, tramite, facilite o promueva el acceso a los programas
salud para sí mismo o para su cónyuge, descendiente o ascendiente, en situación
de emergencias sanitarias, epidemias o pandemias" y se proponen
penalidades de tres a ocho años de prisión.
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