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martes, 4 de febrero de 2020

Pensión alimenticia también para hombres en términos de igualdad


Actualmente ya no es sólo la mujer la que se dedica a cuidar a los hijos, pues hay casos en que son los varones los encargados de esa responsabilidad



Con el propósito de avanzar en la cultura de la equidad y la igualdad, diputados integrantes de las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales con la de Procuración y Administración de Justicia, aprobaron un dictamen para garantizar pensión alimenticia en caso de divorcio o separación a cónyuges y concubinos.
La propuesta de reforma incluye las fracciones 1 y 2 del artículo 4.109, el artículo 4.127, la fracción 2 del artículo 4.129 y el artículo 4.138 del Código Civil del Estado de México.

Comisiones unidas aprueban propuesta de @DPrdedomex, que reforma el Código Civil del Estado de México respecto al derecho a recibir alimentos de cónyuges o concubinos. #LXLegislaturaMexiquense



El diputado Omar Ortega Álvarez explicó que se trata de brindar esta protección a cualquiera de los cónyuges o concubinos que se hayan dedicado cotidianamente a los cuidados del hogar, en tareas de administración, dirección o atención de los hijos.
Recordó que actualmente ya no es sólo la mujer la que se dedica a cuidar a los hijos, pues hay casos en que son los varones los encargados de esa responsabilidad, sobre todo porque cada día son más las mujeres que se suman a la fuerza laboral; está comprobado que casi el 60% de las mujeres trabajan fuera del hogar.
“Por lo tanto, la intención es que ambos puedan ser sujetos obligados en el tema de las pensiones, lo cual dependerá de las circunstancias de cada caso y de lo que se determine en el juicio correspondiente, pero tiene que ver que los dos, el padre y la madre, tengan los mismos derechos y obligaciones”.
Comisiones unidas aprueban definir al maltrato infantil como toda acción, omisión, desatención o trato negligente e intencional, que afecte los derechos y bienestar del niño, niña o adolescente cuyos autores son personas del ámbito familiar o de cualquier otro.


La propuesta también incluye hacer obligatorio, por parte de quienes ejercen la patria potestad, tutela o guarda y custodia, dar parte a la autoridad cuando se tenga conocimiento de casos de menores que sufran o hayan sufrido maltrato infantil de cualquier forma.

Resaltó que estos derechos son independientes de la guarda custodia de los menores, pero en todo caso, se trata de que los niños tengan todas las condiciones físicas, económicas y de amor en su casa, que le puedan dar uno u otro de sus padres.
En su análisis, los legisladores coincidieron con lo expuesto en la iniciativa de decreto, en este sentido de que, es importante seguir fortaleciendo el reconocimiento de igualdad entre hombres y mujeres, en el texto de la Ley, superando paradigmas que permitan garantizar la debida representatividad en concordancia con la realidad social.
En la exposición de motivos de la iniciativa de decreto, se citan datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), 2015, los cuales revelan que los hogares han ido modificando la jefatura y su dirección, correspondiendo tanto a hombres como mujeres, los quehaceres del hogar y el cuidado de los hijos.
En este contexto, en la actualidad, no necesariamente es la mujer la que se dedica a los quehaceres del hogar o al cuidado de los hijos y esto implica adecuaciones al Código Civil del Estado de México para garantizar la representatividad tanto de mujeres como de hombres.
En este sentido, abundaron, la iniciativa de decreto favorece una amplia cobertura a la pluralidad existente y permite la integración social completa a los nuevos escenarios, además, se suma a las adecuaciones legislativas en esta materia y contribuye a un reconocimiento más amplio y a la vigorización de la seguridad jurídica y la legalidad, en apoyo de la sociedad.

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