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miércoles, 13 de marzo de 2019

No hay austeridad en pensiones para magistrados mexiquenses

El primer año de su retiro les entregan el 100% de su salario y los 5 años posteriores el 80%


Toluca, México.- En el Estado de México los magistrados del Poder Judicial son de los pocos privilegiados que reciben un “haber de retiro”, similar a una pensión envidiable por los primeros seis años posteriores a su retiro, que hasta el año pasado recibían 132 mil 37 pesos netos cada mes.

De acuerdo con la Constitución estatal y con Ley Orgánica del Poder Judicial mexiquense, el primer año después de que se retiran, cada uno de los magistrados mexiquenses reciben el 100 % del sueldo neto que tenía en activo y los siguientes cinco años el 80%, menos las deducciones del ISSEMyM.

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Anteriormente para acceder al cargo de magistrado del Tribunal Superior de Justicia quienes lo lograban tenían que realizar servicio civil de carrera, es decir, subir de manera escalonada, y al llegar a jueces, someterse a un examen de oposición para ser magistrados, que en 2010 fue eliminado, aunque en 2014 se volvió a establecer.

El gobierno de Enrique Peña hizo reformas para abrir esos espacios, de tal forma que ya no solo cuenta haber servido en el Poder Judicial del Estado; sino también tener méritos profesionales y académicos reconocidos; con lo cual pueden ser magistrados personajes sin carrera judicial.

Esas reformas generaron críticas en su momento de diputados, al considerar que se abría la puerta a personajes políticos; de hecho, en esos años ingresaron como magistrados personajes que fueron funcionarios, y aunque son abogados, no tenían carrera judicial.

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¿Qué dice la ley?

El artículo 89 de la Constitución precisa que el Tribunal Superior de Justicia se compondrá del número de magistrados que determine la Ley Orgánica del Poder Judicial, quienes durarán en su encargo 15 años y serán sustituidos de manera escalonada.

Al finalizar su encargo los magistrados gozarán de un haber de retiro por el monto, plazo y bajo las condiciones que señale la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado.

La ley Orgánica de ese poder en su artículo 26 establece que los magistrados que integren el Tribunal Superior de Justicia durarán en su cargo 15 años y después recibirán por un año el 100% y por cinco años el 80% del suelo neto que recibían.

“Al finalizar su encargo los magistrados gozarán de un haber de retiro equivalente, durante el primer año, al 100% del sueldo neto que obtengan los magistrados en activo; y los siguientes cinco años, será del 80%.

“Del monto total al que se tenga derecho deberá deducirse, en su caso, aquel que reciban por parte del Instituto de Seguridad Social del Estado de México y Municipios”.

La prestación, según esa norma, es otorgada siempre y cuando el magistrado haya concluido el periodo de su nombramiento, o haya ejercido diez años como magistrado y tenga más de veinticinco años al servicio del Estado o más de setenta años de edad.

También se fija un candado: que el desempeño laboral en cualquier otra instancia de gobierno, generará la suspensión de esta prestación, salvo que se dediquen a la actividad docente.

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