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viernes, 18 de enero de 2019

Avanza reforma para dar pensión a familiares de desaparecidos



La Comisión de Seguridad Social de la Cámara de Diputados aprobó reformas a la Ley del Seguro Social en materia de transmisión de derechos a familiares de pensionados desaparecidos de su domicilio por más de un mes.

La minuta que adiciona el artículo 137 Bis al citado ordenamiento, establece que si un pensionado desaparece de su domicilio por más de un mes, sin que se tengan noticias de su paradero, sus beneficiarios con derecho a la pensión, disfrutarán de la misma en los términos del Seguro de Invalidez y Vida, con carácter provisional, previa solicitud respectiva.

Agrega que, para ello, se debe comprobar el parentesco y la desaparición del pensionado, exhibiendo la denuncia presentada ante el Ministerio Público correspondiente. Además, “si posteriormente y en cualquier tiempo, el pensionado se presentase, tendrá derecho a disfrutar él mismo su pensión y a recibir las diferencias entre el importe original de la misma y aquél que hubiese sido entregado".

“Sin que en ningún caso pueda entenderse una obligación del (Instituto Mexicano del Seguro Social) IMSS respecto de aquellos importes que hubieran sido pagados a los beneficiarios. Cuando se compruebe el fallecimiento del pensionado, la transmisión será definitiva”.

La diputada promovente de Morena, Susana Cano González, resaltó la importancia de aprobar la minuta debido al índice elevado de personas desaparecidas. Puntualizó que el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) ya implementa esta medida, por lo que el IMSS también tiene que hacerla efectiva.

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