LEY 2019
SERVIDORES PÚBLICOS
¿A partir de cuándo entra en vigor la nueva ley?
En el mes de enero de 2019
¿La ley 2019 cambiará los derechos de los servidores públicos en activo, pensionados y pensionistas que ingresaron antes de 2019?
La propuesta de reforma 2019 garantiza a favor de los pensionados y pensionistas, así como de los servidores públicos activos, el goce y ejercicio de sus derechos, de acuerdo a la Ley que haya sido aplicable para cada caso.
A. ARTÍCULO QUINTO TRANSITORIO. La nueva Ley de Seguridad Social seguirá reconociendo y respetando los derechos adquiridos, tales como la afiliación de familiares y dependientes económicos; la posibilidad de acceder al disfrute de una pensión en sus diferentes modalidades para los servidores públicos activos y, en su caso, acceder al seguro por fallecimiento.
¿Con la reforma de ley 2019 se podrá realizar la portabilidad de derechos?
Esta iniciativa regula la posibilidad de que el ISSEMyM realice convenios de portabilidad de derechos con otras instituciones de Seguridad Social como el IMSS ó el ISSSTE para el retiro, a través de la AFORE.
¿La reforma a la ley 2019 realiza cambios en la edad de retiro?
No. La Reforma a la Ley blinda derechos como requisitos de edad y tiempo de servicio para acceder a una pensión, de acuerdo al régimen que corresponda.
Ley Edad y tiempo de servicio
Ley 1994 55 años de edad con mínimo 15 de servicio.
Ley 2002 60 años de edad con mínimo 17 de servicio
Ley 2012 62 años de edad con mínimo 17 de servicio
¿Qué va a pasar con los trabajadores que aspiran a pensionarse?
Los trabajadores en activo tienen resguardados sus derechos que se mantienen intactos. Es decir sigue vigente su derecho a pensionarse.
¿Los trabajadores utilizan créditos, esta reforma cancela esa prestación?
No. Por el contrario, esta prestación se mejora con la creación del Sistema Integral de Créditos, el cual tendrá un Fondo independiente y creciente para préstamos personales e hipotecarios.
¿Por qué quieren privatizar las pensiones?
Las pensiones no se privatizan.
El Instituto seguirá cubriendo las pensiones actuales con normalidad, como lo ha hecho hasta ahora y hará lo mismo en el caso de las nuevas pensiones a que tengan derecho los trabajadores actuales.
¿Por qué quieren privatizar el servicio médico?
El servicio médico no se privatiza.
El Instituto seguirá cubriendo los servicios médicos en sus propias instalaciones y con médicos que son trabajadores del Instituto, sin que implique pagos extras.
¿Dónde quedaron mis aportaciones?
Las aportaciones de los trabajadores y de los pensionados se mantienen en el Instituto para su retiro en el Fondo Solidario de Reparto.
¿Es cierto que tendremos que esperar 75 años para pensionarnos?
No. De ninguna manera, la nueva Ley de Seguridad Social sigue respetando los requisitos de edad y cotización conforme a la ley que aplique en cada caso.
¿Incrementarán las cuotas de los servidores públicos en activo?
Si, se trata de un ajuste del 3.5% el 1% es para servicios de salud y el 2.5% restante es para el fondo solidario de reparto. Al mismo tiempo los patrones aportarán 6.5% más para fondear el ahorro de los servidores públicos y sus servicios de salud.
¿Los trabajadores en activo deben migrar forzosamente a una afore?
No, los servidores públicos en activo podrán permanecer en el actual régimen de pensiones, o migrar a cuentas individuales.
¿Se modificará la edad límite para la jubilación?
No, la nueva ley de Seguridad Social respeta los requisitos de edad, conforme al último ingreso de los servidores públicos en activo.
¿Es cierto que ahora tendré que pagar sumas extras por tratamientos de enfermedades crónicas?
No.
¿Por qué ya no se tiene derecho a pensión?
Tanto en el actual régimen de seguridad, como en el nuevo sistema, los servidores públicos, previo cumplimiento de los requisitos legales, siguen conservando sus derechos adquiridos para pensionarse.
PENSIONADOS.
¿Para los pensionados se incrementarán las cuotas?
No existe incremento, en el rubro de salud disminuirán de 6% a 5,625%.
¿Los pensionados podrán aforizarse?
No. Los pensionados mantendrán intactos todos sus derechos y prerrogativas y además verán una disminución en el porcentaje de sus cuotas para el servicio de salud.
¿A un jubilado para que le serviría un afore?
En el nuevo sistema de seguridad social no está contemplada la posibilidad de que los actuales pensionados tengan una cuenta individual en una administradora de fondo para el retiro.
Directorio
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