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miércoles, 30 de noviembre de 2016

Alza al salario mínimo a $89.35 sólo beneficiará a 9 mil trabajadores: IMSS



Los trabajadores del área B pasaron de ganar 68.28 pesos a 71.37 pesos diarios.
(El Financiero)
Sólo cerca de nueve mil trabajadores formales serían beneficiados con un alza en el salario mínimo de 73.04 a 89.35 pesos diarios propuesto por la iniciativa privada para 2017.

Datos del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) indican que a octubre de 2016 hay ocho mil 656 trabajadores asegurados con un salario mínimo, grupo que sería beneficiado de manera directa si el minisalario aumenta al nivel propuesto por la Coparmex.

Hasta marzo de 2015 en el IMSS había 423 mil trabajadores asegurados con un mínimo, sin embargo el instituto explicó que la fusión de las áreas geográficas salariales iniciada en abril de ese año provocó que ese grupo disminuyera súbitamente.
Ese año los trabajadores que se encontraban en el área geográfica Btuvieron un aumento en el salario en automático tras la unificación de zonas y en consecuencia “subieron” al rango de dos salarios mínimos.

Es decir, los trabajadores del área B pasaron de ganar 68.28 pesos a 71.37 pesos diarios.

De tal manera que el ingreso de los trabajadores del área B se ubicó por arriba del salario mínimo vigente de 70.10 pesos y por lo tanto pasaron al rango siguiente, dejando de ser asegurados con unminisalario.

José Luis Carazo, representante del sector sindical ante la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (Conasami), dijo que son contadas las empresas que pagan el salario mínimo y que en el sector formal los salarios son mayores.

“El salario mínimo es un mero referente porque nadie en la industria ni en el empleo formal trabaja por un salario mínimo”, expuso. Además, en el sector formal cada año los sindicatos revisan el tabulador.

Para la Conasami un aumento aplicaría a asalariados del mínimo que al tercer trimestre de 2016 sumaron cerca de dos millones de trabajadores de tiempo completo.

La Conasami fija cada diciembre el salario mínimo para la población asalariada, es decir que tiene una relación subordinada de trabajo, labora para un patrón por una jornada completa de trabajo y se rige por la Ley Federal del Trabajo.

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