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jueves, 9 de abril de 2015

Clausuran municipios sus portales de transparencia

La veda electoral por el inicio de las campañas federales ha llevado a algunas autoridades a cerrar sus portales de transparencia, con el argumento de que la ley los obliga a suspender la difusión de su propaganda, aun cuando con eso afectan el derecho de los ciudadanos al acceso a la información.

Los municipios no han establecido un criterio general, pues algunos mantienen sus páginas sin modificaciones, otros advierten que han hecho ajustes al contenido, derivado del tema electoral y unos más como Ecatepec e Ixtapaluca han llegado al extremo de cerrar sus páginas, cancelando la posibilidad de acceder a información que la Ley de Transparencia considera pública y de oficio como salarios y presupuestos.

Esos dos municipios publicaron una leyenda informando que para no violar la Constitución federal, ni los códigos electorales federal, ni estatal, deshabilitaron sus portales y anuncian que volverán a estar disponibles después de las elecciones del 7 de junio.

De acuerdo con el artículo 41 constitucional y con disposiciones de los códigos electorales, estatal y federal, durante las campañas electorales las autoridades de todos los niveles de gobierno deben suspender la propaganda gubernamental, con excepción de las autoridades electorales y las relativas a servicios educativos y de salud; así como las de protección civil en el caso de emergencias.

Sin embargo, el artículo sexto de la constitución federal garantiza el libre acceso a la información y el principio de máxima publicidad y advierte que la inobservancia en esa materia será sancionada; mientras la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, también ordena en su artículo tercero el acceso permanente a la información pública.

"La información pública generada, administrada o en posesión de los Sujetos Obligados en ejercicio de sus atribuciones, será accesible de manera permanente a cualquier persona, privilegiando el principio de máxima publicidad de la información. Los Sujetos Obligados deben poner en práctica, políticas y programas de acceso a la información que se apeguen a criterios de publicidad, veracidad, oportunidad, precisión y suficiencia en beneficio de los solicitantes", señala la norma.

En su artículo doce también establece que los sujetos obligados deben tener disponible en medio impreso o electrónico y de manera permanente, actualizada; en forma sencilla, precisa y entendible información como: leyes, directorios, programas de obras, ingresos, padrones de beneficiarios, convenios, procesos de licitación, entre otros.

No obstante, según una rápida revisión, mientras algunos municipios como: Nezahualcóyotl, Texcoco, Naucalpan, Tlalnepantla, Atizapán de Zaragoza, Cuautitlán Izcalli, y otros mantienen sin cambios sus portales de transparencia; otros como Toluca y Metepec advierten que han hecho cambios para no violar la ley por el periodo de campañas federales y Ecatepec e Ixtapaluca llegan al exceso de haber cerrado sus páginas y anuncian que volverán a habilitar sus sitios después de las elecciones.

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