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martes, 25 de noviembre de 2014

Medidas anticorrupción reales

Ninguna de las propuestas conocidas del PRI y el PAN va a la entraña del problema que
está latente en varias partes del país: el vínculo entre política y crimen.

PAN y PRI, cada uno por separado, tienen sendas propuestas anticorrupción, cuyo propósito es crear un marco institucional que inhiba, castigue y prevenga conductas ilícitas y deshonestas en el manejo de los recursos públicos.

Desde el 15 de noviembre de 2012, hace ya dos años, el Ejecutivo federal propuso crear una comisión nacional anticorrupción, que tendría por objetivo sustituir a la Secretaría de la Función Pública, crear el consejo nacional por la ética pública, atraer los casos de estados y municipios, iniciar investigaciones por oficio y tener facultades legales para ejercer acción penal contra quien resulte responsable.

Este último punto atoró la iniciativa, ya que entraba en competencia con la PGR, por lo que pasó a dormir el sueño de los justos. Así de “prioritario” es para el PRI el combate a la corrupción.

El PAN por su parte, en el contexto de los acontecimientos de Iguala, presentó su propuesta, el sistema nacional anticorrupción, conteniendo seis puntos: un consejo nacional anticorrupción, un consejo ciudadano para la ética pública, fortalecer la Secretaría de la Función Pública, dar mayores atribuciones a la Auditoría Superior de la Federación, crear una fiscalía especializada y crear un tribunal de rendición de cuentas.

La propuesta del PAN, además de crear más burocracia, adolece de una contradicción institucional: el consejo nacional anticorrupción será presidido por los ejecutivos a los que se supone se va a regular. Es básicamente un diseño institucional muy parecido al actual, donde la parte se convierte en juez de sí misma o debe regularse.

Ninguna de las dos propuestas va a la entraña del problema que afloró en Iguala, y que está latente en varias partes del país: el vínculo entre política y crimen, que es el alimento central de la corrupción y la impunidad.

Para deshacer este nudo gordiano se requiere, además de un nuevo marco institucional de fiscalización y vigilancia, eliminar los incentivos y los privilegios inherentes al cargo político, que lo han hecho un manjar o un panal para todo tipo de corruptelas y conductas delictivas.
A continuación, una relación de medidas que deben adoptarse para desarticular y evitar el maridaje entre crimen y política.

1) Pérdida ficta (automática) del fuero constitucional a todo tipo de servidores públicos (desde legislador local hasta senador; desde juez de primera instancia hasta ministro de la Suprema Corte; desde alcalde hasta presidente de la República) que sean atrapados en flagrancia o indiciados mediante un proceso judicial por delitos penales graves o por actos de corrupción indubitables.
2) Revocación de mandato: reconocimiento constitucional de esta figura para dar por terminado de manera anticipada un mandato popular, por causas de manifiesta incapacidad o incumplimiento grave de responsabilidades éticas.

3) Juicio de residencia: después de concluido el mandato de un presidente de la República, gobernador o alcalde, abrir un periodo de seis meses a un año para presentar quejas, denuncias y demandas de ciudadanos u organizaciones civiles por presuntos abusos de autoridad, violaciones graves a derechos humanos y actos de corrupción.

4) Apertura obligatoria y sin restricciones de las declaraciones patrimoniales de los servidores públicos de los tres poderes públicos y de los tres órdenes de gobierno, antes, durante y después del ejercicio del cargo público.

5) Extinción de dominio: esta figura, existente ya para los casos de delincuencia organizada, se extendería y aplicaría a los casos de enriquecimiento ilícito de los servidores públicos. Los bienes extinguidos serían incorporados al patrimonio público.

6) Instituciones anticorrupción ciudadanizadas y autónomas: fiscalías, comisiones y entes públicos anticorrupción, sin excepción, deberán ser integrados, presididos y operados por ciudadanos que no hayan participado en el sector público ni hayan militado en partido o asociación política alguna. Los integrantes deberán ser nombrados por una mayoría calificada de la Cámara de Senadores, sin participación de los titulares de los ejecutivos municipales, estatales y federal.

7) Un capítulo especial en la Constitución sobre poder ciudadano y anticorrupción, donde se reconozca expresamente que las facultades e instituciones responsables de prevenir, sancionar y diseñar políticas públicas contra la corrupción y la impunidad corresponderán a instancias independientes y autónomas de la sociedad civil.

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