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martes, 23 de junio de 2015

Inician proceso legal contra dos presuntos secuestradores en Zumpango

• A estos sujetos también se les investiga por su probable participación en los delitos de homicidio y lesiones
La Autoridad Judicial con sede en Zumpango decretó la vinculación a proceso de Edgar Uriel Archundia Herrera y Sebastián Murillo Hernández, luego de que el Representante Social de la Procuraduría General de Justicia del Estado de México (PGJEM) acreditó la probable responsabilidad de ambos en el delito de secuestro.
Estos individuos enfrentan cargos por el secuestro de un joven de 24 años de edad, ilícito registrado el pasado 12 de junio, en el Barrio de Santiago, en el municipio de Zumpango, cuando éste salió de su domicilio y fue interceptado por los probables responsables, quienes presuntamente lo privaron de la libertad y lo trasladaron a un inmueble en donde lo mantuvieron cautivo.
Archundia Herrera y Murillo Hernández presumiblemente realizaron llamadas telefónicas a los familiares del joven, a quienes les solicitaron la entrega de una suma económica a cambio de liberarlo.
Cabe mencionar que estos sujetos fueron detenidos por policías municipales, en las inmediaciones del domicilio de la víctima, cuando pretendían cobrar el rescate. Además derivado de un operativo implementado en la zona, se llevó a cabo la liberación de la víctima.
Ambos individuos fueron presentados ante el Agente del Ministerio Público quien inició la carpeta de investigación respectiva por el delito de secuestro, y luego de reunir los elementos de prueba en su contra, los puso a disposición de un Juez, autoridad que los vinculó a proceso y fijó un plazo de seis meses para el cierre de investigación, sin embargo se les presume inocentes hasta que sea dictada una sentencia condenatoria en su contra.
De acuerdo con las indagatorias hechas hasta el momento por la PGJEM, a estos individuos se les relaciona además con los delitos de homicidio y lesiones, derivado de un hecho delictivo ocurrido en una gasolinera localizada en San Juan Zitlaltepec, en Zumpango.
La Procuraduría General de Justicia estatal hace un llamado a la población para que en caso de que reconozca a estos individuos como probables responsables de algún otro delito, sean denunciados a través del correo electrónico certolerancia@edomex.gob.mx o al número telefónico 01 800 7028770.

viernes, 17 de abril de 2015

Legal, el arraigo de 40 días por delitos graves

El Ple­no de la Su­pre­ma Cor­te de Jus­ti­cia de la Na­ción (SCJN) de­cla­ró cons­ti­tu­cio­nal el ar­tí­cu­lo 133 Bis del Có­di­go Fe­de­ral de Pro­ce­di­mien­tos Pe­na­les, que per­mi­te arrai­gar has­ta por 40 días a los sos­pe­cho­sos por de­li­tos gra­ves del fue­ro fe­de­ral, mien­tras la Pro­cu­ra­du­ría Ge­ne­ral de la Re­pú­bli­ca ter­mi­na de in­te­grar la ave­ri­gua­ción pre­via, pa­ra acu­sar an­te un juez.

Pe­ro se es­ti­ma que se­rán ne­ce­sa­rios va­rios me­ses pa­ra que la SCJN aprue­be la ver­sión fi­nal de la sen­ten­cia.

Co­mo se re­cor­da­rá, a par­tir de ju­nio de 2016 en­tra­rá en vi­gor el Sis­te­ma Pe­nal Acu­sa­to­rio en to­do Mé­xi­co, don­de se con­tem­pla un arrai­go de has­ta por 80 días, só­lo en ca­sos de de­lin­cuen­cia or­ga­ni­za­da.

La de ayer fue una vo­ta­ción caó­ti­ca pa­ra de­ter­mi­nar que el arrai­go do­mi­ci­lia­rio es pa­ra los sos­pe­cho­sos de de­li­tos fe­de­ra­les gra­ves.

Con 6 vo­tos a fa­vor y 5 en con­tra, el má­xi­mo tri­bu­nal de la na­ción to­mó la de­ter­mi­na­ción en es­ta mo­da­li­dad de la pri­va­ción de la li­ber­tad.

Ayer, los mi­nis­tros Luis Ma­ría Agui­lar y Juan Sil­va Me­za se su­ma­ron a la mi­no­ría que con­si­de­ró in­cons­ti­tu­cio­nal el 133 Bis, el pri­me­ro estimó que el arrai­go sí pro­ce­de en ca­sos de de­lin­cuen­cia or­ga­ni­za­da y no pa­ra to­dos los de­li­tos gra­ves.

El mi­nis­tro Al­fre­do Gu­tié­rrez, quien vo­tó por la cons­ti­tu­cio­na­li­dad, ar­gu­men­tó que man­ten­dría el vo­to si se res­pe­ta­ba el efec­to de su pro­yec­to, con­sis­ten­te en de­vol­ver el ex­pe­dien­te a un tri­bu­nal co­le­gia­do pa­ra su aná­li­sis y de­ter­mi­nar si pro­ce­día o no la eli­mi­na­ción de prue­bas con­tra el acu­sa­do, las cua­les se ob­tu­vie­ron ba­jo un es­tán­dar di­fe­ren­te al pro­pues­to por el mi­nis­tro.