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martes, 2 de julio de 2024

SCJN ordenará suspender trámite de juicios de amparo en que se impugna la prisión preventiva

 


El pleno acordó que estos casos permanecerán suspendidos hasta que la Corte resuelva los juicios en los que se definirán los alcances de la prisión preventiva.

SCJN ordena a tribunales suspender trámites de amparo por prisión preventiva

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenará a los tribunales colegiados del país que suspendan la tramitación de todos los amparos pendientes de resolución cuyo tema de fondo sea la validez de la prisión preventiva .

En sesión privada, el pleno acordó que estos casos permanecerán suspendidos hasta que la Corte resuelva los juicios en los que se definirán los alcances de la prisión preventiva, con respecto a las convenciones internacionales sobre la materia.

Para evitar que cualquier instancia jurisdiccional emita fallos que resulten contradictorios con el criterio general que fijará el máximo tribunal de justicia del país, se tomó la determinación de suspender los trámites de estas demandas de garantías.

La ministra Lenia Batres Guadarrama aplaudió la decisión, debido a las circunstancias actuales, ya que permitirá dar seguridad jurídica a las personas que tienen procesos pendientes sobre prisión preventiva.

Es de mencionar que, la Corte cuenta con proyectos de sentencia elaborados por los ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Jorge Mario Pardo Rebolledo, los que proponen declarar inconvencional la prisión preventiva de oficio, es decir, la prisión automática.

Ortiz Mena propone anular el segundo párrafo del artículo 19 constitucional que ordena la prisión preventiva oficiosa en casi 20 delitos.

Por tratarse de un amparo en revisión, la Corte sólo necesita seis votos para inaplicar dicha porción normativa, resolución que sólo beneficiará al quejoso.

Con la reforma judicial, para sentar jurisprudencia, es decir, para que se vuelva un criterio que deban tomar en cuenta los tribunales del país, se necesitarán reunir ocho votos.

En caso de que no se alcancen los ocho votos, los asuntos en los que se impugne la prisión preventiva se seguirán viendo uno por uno.

Mientras que, el proyecto del ministro Pardo Rebolledo no sólo propone inaplicar la prisión automática, sino también negar las órdenes de arraigo y que, en los casos en los que se denuncie tortura se ordene una investigación independiente en que no participen las autoridades penitenciarias ni de detención.

En este asunto, de aprobarse la propuesta, ésta tendrá efectos generales, por lo que deberá ser acatada por todos los jueces del país, tanto del fuero común como del federal.

Asimismo, el proyecto propone la forma en que el Poder Judicial de la Federación (PJF) debe participar en el cumplimiento de la sentencia condenatoria emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en el caso García Rodríguez y otro contra México.

Pardo Rebolledo deja claro que: “no se puede hacer ningún pronunciamiento que cuestione la validez de lo resuelto por la Corte IDH, ya que para el Estado Mexicano dichas sentencias constituyen cosa juzgada y, por ende, lo único procedente es acatar y reconocer la totalidad de la sentencia en sus términos”.

 

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