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domingo, 23 de abril de 2023

Morena propone que trabajadores reciban ‘prima de antigüedad’ por laborar 12 años o más

La iniciativa de prima de antigüedad, de acuerdo con el texto que aprobó la bancada de Morena, tiene como objetivo ayudar a la clase trabajadora

La prima de antigüedad es una prestación de ley.
La prima de antigüedad es una prestación de ley. (Shutterstock)

El senador Cristóbal Arias Solís de Morena, presentó en días recientes una iniciativa para poder aumentar la prima por antigüedad y reducir el tiempo en que los trabajadores acceden a ella.

La iniciativa, de acuerdo con el texto que aprobó la bancada de Morena el 13 de abril, tiene como objetivo ayudar a la clase trabajadora y de su acceso a nuevos beneficios, así como a la ampliación y fortalecimiento de estos.

En el caso de la prima por antigüedad, incluida en el artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo, se trata de una prestación “que se deriva del solo hecho del trabajo, por lo que debe otorgarse con el propio paso del tiempo”, señala en su escrito Arias Solís.

¿En qué consta la iniciativa?
La propuesta del senador apunta a contar con el pago de la prestación de 12 a 20 días de salario por cada año trabajado y en reducir el tiempo determinado para poder acceder a ella de 15 a 12 años de servicio. Además, para garantizar el derecho y con el fin de evitar litigios, planteó:

 Constitución Política el pago de la prima de antigüedad a la que tienen derechos los trabajadores, estableciendo que será imprescriptible, por lo que se cubrirá a los trabajadores o a sus beneficiarios conforme a las normas que establezca la Ley independientemente de cualquier otra prestación que les corresponda.
En consecuencia, establecer en la Ley Federal del Trabajo, que dicha prima de antigüedad se pagará a los trabajadores que se separen voluntariamente de su empleo, sin más condiciones que el haber cumplido 12 años de servicios, por lo menos. Y de igual forma que se pague a los que se separen por causa justificada y a los que sean separados de su empleo, independientemente de la justificación o injustificación del despido.

Dentro del proyecto para reformar la Constitución, se proyectó adicionar una fracción -la IX Bis- al artículo 123 en el que se estipule el derecho a esta prima como imprescriptible.

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