La UNAM señala que tiene un vacío legal ante casos como el de la ministra, aunque especialistas refieren que pueden explorarse rutas como la del Tribunal Universitario o un juicio administrativo para invalidar el título.
La UNAM confirmó que la ministra de la Suprema Corte Yasmín Esquivel plagió la tesis que presentó en 1987, pero entonces: ¿por qué no le quitan su título y su cédula profesional?
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En este caso, de entrada, funcionarios de la Universidad Nacional como el secretario general Leonardo Lomelí reconocen que la legislación universitaria tiene “vacíos”, esto es, que la UNAM no tenía listo un procedimiento para sancionar casos como el del plagio de una tesis de licenciatura.
¿Y por qué nunca se creó? Según dijo Lomelí en el programa Atando Cabos de Radio Fórmula, porque “toda la legislación universitaria está construida sobre la presunción de la buena fe”.
Es decir, que la Universidad siempre había partido del concepto de creerle tanto al director de la tesis, cuando dice que es una tesis original, como al alumno cuando dice que es original, “pero bueno, ante la situación que se ha demostrado, que hay casos tan lamentables, reconocemos que era un vacío que hay que regular”
El funcionario insistió en que es necesario tener “un procedimiento claro para sancionar, que no nos lo puedan tirar mediante un amparo”.
El rector de la UNAM, Enrique Graue, dijo al respecto que el caso no está cerrado y que se convocaría a la Comisión de Honor del Consejo Universitario, para buscar alternativas y “acciones sancionadoras adicionales”, aunque no se precisó el tiempo que podría durar esta revisión de opciones
Sobre el tema, especialistas como el abogado Pedro Salazar en entrevista con El País y la abogada Vanessa Romero han planteado hacer una interpretación más “audaz” de la legislación, para así encontrar una forma de sanción que supere los “vacíos” existentes, e incluso las presiones políticas.
Entre las opciones, Romero refiere en entrevista que la Universidad podría llevar el asunto al Tribunal Universitario, para que esa instancia valore todos los elementos y resuelva, más allá de que a la letra en los estatutos no hay un procedimiento sobre plagio en la titulación, y enfocado en exalumnas o exalumnos.
Dicho órgano colegiado, el Tribunal Universitario, tiene entre sus funciones “conocer y resolver sobre remisiones que le sean presentadas en relación con las faltas disciplinarias presuntamente cometidas por los miembros del personal académico y por el alumnado que se definen en el Título Sexto del Estatuto General de la UNAM (enfocado en Responsabilidades y Sanciones)”.
En el artículo 101 de dicho título, se refiere que el Tribunal Universitario y la Comisión de Honor aplicarán “discrecionalmente las sanciones, salvo en los casos en que están expresamente señaladas”.
Aunque de nuevo, sobre esta posibilidad el abogado general de la UNAM, Alfredo Sánchez Castañeda, aseguró que el Tribunal Universitario no tenía competencia para sancionar a egresados o exalumnos como Esquivel, quien “ya no pertenece a la Universidad".
En cuanto a una nota informativa publicada por la abogacía general de la UNAM en 2007 -que aparece en un documento titulado Plagio y Ética, y con el que algunos medios señalaron que la Universidad sí tenía una normativa para sancionar plagios-, el abogado Sánchez Castañeda mencionó que una nota informativa como esa no constituía una opinión jurídica, ni era un documento definitivo de la institución.
La alternativa de un juicio administrativo
Otra vía que plantea la abogada Romero es la administrativa, que la propia UNAM o un particular que se considere afectado por el hecho de que Esquivel ejerza como ministra, aún con el antecedente de haber plagiado su tesis, acudan a un tribunal de justicia administrativa a denunciar los hechos.
“Yo creo que la resolución de la UNAM (el dictamen donde se establece que sí hubo un plagio) debería ser suficiente para que un Tribunal administrativo revoque el título, porque no cumple uno de los requisitos establecidos por la ley”, señaló.
En entrevista con la agencia AP, el profesor de Derecho Constitucional de la UNAM, Francisco Burgoa, coincidió en que ante la carencia reglamentaria de la Universidad se podría “interponer un juicio de la nulidad de un acto administrativo”, ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Sobre esa posibilidad, el Doctor Javier Díez, profesor de licenciatura y posgrado en Derecho de la FES Acatlán, consideró que sí habría un problema con la prescripción de la falta, porque se trata de un hecho que ocurrió en 1987, hace más de 30 años.
Aunque, por otro lado, Romero argumenta que en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo se habla de una prescripción continua, que aunque la falta ocurrió hace décadas, sigue teniendo repercusiones en la actualidad.
“Lo que yo defiendo es que el plagio cometido por Esquivel no prescribe”, refiere.
“Porque ella todo el tiempo está ejercitando su título universitario, cada vez que emite una sentencia ella debe cumplir con su carácter de ministra, y para ser ministra tiene que cumplir todo el tiempo con los requisitos constitucionales…. Yo creo que no hay prescripción”.
Una última vía de acción que mencionó Romero es la de un juicio político contra Esquivel, para retirarle el puesto de ministra, y aunque ya hubo una solicitud al respecto del senador Germán Martínez, dicha petición se suma a una lista de casos previos y no hay certeza de cuándo podría al menos discutirse en el Congreso.
¿Y la SEP?
En cuanto a la Secretaría de Educación Pública, la otra instancia pública involucrada en el asunto, esta indicó que no tiene facultades para retirar un título universitario, que eso le corresponde a la UNAM, y que solo con una resolución de la Universidad podría actuar respecto a la cédula profesional de la ministra.
En esto coincidieron especialistas consultados.
“La SEP revisa que la documentación esté en orden y oficializa, pero no puede invalidar el título con base en un examen de tesis o de defensa de tesis en la que la SEP no tiene nada qué ver, sino que es un proceso interno de la UNAM”, comentó el Doctor Javier Díez.
“Si la UNAM detectara que existe algún delito sancionable, la SEP estaría habilitada para retirar la cédula. El punto es que si la UNAM no puede por el transcurso de tiempo o la falta de norma, en automático el proceso se cae”, agregó.
Un punto importante señalado por Romero es que a fin de cuentas la SEP sólo podría retirar la cédula, y aunque eso ocurriera, en realidad el requisito para ser ministra de la Suprema Corte es el título universitario, no la cédula profesional.
En el artículo 95 de la Constitución, se lee que para ser ministra o ministro es requisito: “Poseer el día de la designación, con antigüedad mínima de diez años, título profesional de licenciado en derecho, expedido por autoridad o institución legalmente facultada para ello”.
El vacío en la legislación de la UNAM
En el artículo 97 del estatuto general de la UNAM se refiere que habrá sanciones para alumnos que cometan actos contra la disciplina y el orden universitario, por faltas como dar o recibir “ayuda fraudulenta en las pruebas de aprovechamiento”, o incurrir en falsificación de certificados, boletas de exámenes y documentos, así como usar o aprovechar documentos que falsificaron otros.
Para estos hechos las sanciones van desde la suspensión hasta la expulsión definitiva, sin embargo, en el caso de la ministra Esquivel ya no se trata de una alumna, han pasado más de 30 años desde que lo fue, y en el estatuto, a la letra, no hay un procedimiento enfocado en conductas irregulares en la titulación, sea cual sea el momento en que se detecten.
¿Y por qué no incluir en la legislación un nuevo procedimiento para este tipo de casos? Las autoridades universitarias podrían hacerlo, y dicen que lo harán, sin embargo especialistas refieren que esto no podría aplicarse a la ministra, por el principio de irretroactividad.
“El artículo 14 Constitucional establece un principio que es el de la irretroactividad lo que quiere decir que no se pueden aplicar leyes nuevas a sucesos anteriores a su promulgación. Entonces, aunque ahora digan que la UNAM se ocupe de regular para sancionar a la ministra, no será posible la sanción”, dijo el Doctor Javier Díez.
¿Autor de tesis del 86 podría demandar por plagio?
Según los expertos consultados Edgar Ulises Báez Gutiérrez, autor de la tesis de 1986 que de acuerdo con la UNAM fue plagiada por Esquivel, podría iniciar demandas contra la ministra por daño moral de haber visto su imagen afectada, pero tendría que acreditar el daño producido.
“Hay dos acciones que se podrían tener en la mesa: una respecto de la Ley Federal del Derecho de Autor en donde se establece como una infracción al derecho de autor… y la vulneración del derecho moral”, comentó la abogada especialista en derechos de autor, Quetzalli de la Concha.
Aunque desde la perspectiva de Yliana Beltrán Moran, licenciada en Derecho por la UNAM especializada en derechos de autor, si el afectado reclama por derechos de autor la ministra podría alegar que se trata de una obra derivada sin fines de lucro, por lo que legalmente sería improcedente.
“Lo único que creo que va a poder hacer la persona a la que se le plagió la tesis va a ser un tema civil por daños y perjuicios, una vez que la autoridad resuelva que existe dicha infracción por el uso indebido o no autorizado de esta obra”, comentó.
La problemática del plagio
El plagio de tesis es una problemática que aún con la tecnología actual es difícil de detectar, consideró el Doctor Enrique Iturralde Chaparro, investigador adscrito al Centro de Estudios de Ciencias de la Comunicación de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales (FCPyS) de la UNAM.
Con los recursos disponibles, apuntó, se puede revisar en las tesis si la redacción de los alumnos cambia de manera abrupta, o notas que no corresponden a los trabajos entregados.
“En esta etapa se pasa a softwares especializados, que incluso se encuentran en línea, para verificar si los trabajos o las tesis son originales o si contienen plagios, y en qué porcentaje”, agregó el Doctor Enrique Iturralde Chaparro.
Entre las acciones que ha tomado la UNAM para prevenir este tipo de conductas, explicó, está el difundir información entre los alumnos desde que entran a las carreras, como qué es el plagio y lo incorrecto de la práctica.
Además de las medidas que deben tomar al explicar con sus propias palabras o parafraseando los conceptos de lecturas, y recurrir a buenas prácticas como las Normas APA de citación.
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