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sábado, 2 de abril de 2022

En Edoméx seguro de fallecimiento ya no podía calcularse en salarios mínimos, ahora se calcula en UMAS

El presidente de la Comisión de Educación en la Legislatura local, Abraham Saroné Campos, explicó que la reforma a la Ley de Seguridad Social del Estado de México y Municipios para calcular el pago del seguro de fallecimiento en Unidades de Medida (UMAS) y no en salarios mínimos deriva de una reforma que ordenó la desindexación del salario mínimo.

En tanto, el aumento anual a las pensiones, afirmó, será para quienes se pensionen con la nueva reforma, pero para el resto aplicará la Ley con la cual se jubilaron.

Durante una entrevista señaló que trabajan en digerir las reformas y su impacto, pero consideró que en estos momentos existe mucha desinformación.

El artículo 133 de la Ley de Seguridad Social anteriormente señalaba que los seguros de fallecimiento se calculaban en salarios mínimos, pero con la reforma aprobada en enero, ahora se estiman en Unidades de Medida y Actualización (UMAS).

Saroné refirió que desde el año 2016 hubo una modificación al artículo 123 constitucional, a partir de la cual se estableció la desindexación del salario mínimo, con lo cual ya no se puede tomar como referencia para algunas acciones.

Por ello, señaló, se hizo la propuesta planteada por el Ejecutivo mexiquense para modificar el cálculo.

Precisó que cuando una persona moría el seguro de fallecimiento estaba tabulado anteriormente en 500 salarios mínimos y ahora será de 790.56 UMAS

El salario mínimo, dijo, en este gobierno federal ha crecido en un 44% y está en 172.87 pesos, con lo cual el seguro de fallecimiento sería de 86 mil pesos, pero con la reforma legal será de unos 76 mil pesos; una diferencia de diez mil pesos.

En el caso del aumento a las pensiones, dijo, ya no será determinado por las autoridades, sino de acuerdo con el Índice de Precios al Consumidor es decir a la inflación que actualmente está en 7 o 7.1, lo cual, dijo, es más justo y equilibrado.

Aclaró que las pensiones no serán en UMAS, como algunas creen.

El artículo 70 de la Ley de Seguridad Social anteriormente establecía que el monto de las pensiones del sistema solidario se incrementaría en la misma proporción en que el Gobierno del Estado otorgara incrementos generales a los sueldos sujetos de cotización a sus servidores públicos en activo, y en los casos de diferenciales en tiempo y monto de los aumentos generales, la o el director general presentaría una propuesta anual de modificación al Consejo Directivo, el cual aprobaría el incremento de la cuota diaria de las pensiones.

Con el cambio a la ley el monto de las pensiones del sistema solidario de reparto se actualizará anualmente conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor.

Sin embargo, el legislador aclaró que la pensión será calculada de acuerdo con el año y la Ley con la cual la persona ingresó a trabajar, pues la modificación al artículo 70 de la Ley de Seguridad es solo en el tema del aumento anual a pensionados y pensionistas.

El diputado local de Morena precisó que en estos momentos existe desinformación, por lo cual ya están socializando la reforma y sus particularidades.

Sobre el amparo promovido por derechohabientes consideró que podría tener efecto para las personas que ya están jubiladas y pensionadas y quienes están en su derecho de impulsarlo, pero habrá que esperar el fallo de las autoridades judiciales.

"El amparo prácticamente pudiera tener efecto para aquellos maestros y servidores que en estos momentos ya están pensionados y jubilados, a final de cuentas es un derecho y aquellos servidores públicos del poder Judicial, Ejecutivo y Legislativo, de estos tres órdenes constituidos son quiénes hicieron algunos planteamientos.

"Vamos a ver cuál es el resultado: podría ser que les den la razón porque ya están en una circunstancia distinta donde su jubilación fue anterior a la puesta en práctica de esta modificación que fue el primero de febrero. Ellos serían quienes pudieran tener una posibilidad, y aquellos que se van a jubilar apenas automáticamente entran en esta circunstancia de que el cálculo para su seguro de fallecimiento se da en UMAS", explicó.

Derechohabientes del ISSEMyM se han pronunciado en contra de las reformas por considerar que afectan los montos del seguro de fallecimiento y de pensiones y algunos ya promovieron un amparo.

 

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