Este documento complementario, que entró en vigor el 1 de enero de 2022, está pensado para fortalecer el comercio formal, así como combatir la informalidad y el contrabando
El Servicio
de Administración Tributaria (SAT) extendió la fecha para emitir la
factura electrónica con el complemento de la Carta Porte para que los
contribuyentes que la necesiten no tengan sanciones en este trámite durante el
año 2022.
De acuerdo con su comunicado, la institución federal informó
que la fecha límite para obtener este documento, que entró en vigor el primer
día de este año, se actualizó hasta el próximo 30 de septiembre para
que los usuarios se incorporen de manera gradual.
Asimismo, el SAT agradeció a los más de 57 mil
contribuyentes que, hasta el momento, ya obtuvieron sus facturas electrónicas
con este comprobante, el cual consiste en la digitalización de la
información relacionada con el traslado de bienes y mercancías en todo el
territorio nacional.
“Todas estas empresas ahora se suman a la lucha contra la
competencia desleal de quienes se encuentran en la economía informal o recurren
al contrabando, provocando pérdidas económicas y, en ocasiones, el cierre
de empresas que cumplen con todas sus obligaciones y el correcto pago de sus
contribuciones”, apuntó el SAT.
¿Qué es la Carta Pote?
Es un documento que incluye toda la información
relacionada con los bienes o mercancías, ubicaciones de origen, puntos
intermedios y destinos, así como lo referente al medio por el que se
transportan; ya sea por vía terrestre, aérea, marítima o fluvial; y en su caso,
incorporar la información para el traslado de hidrocarburos y petrolíferos.
¿Cuáles son sus beneficios?
El SAT dio a conocer los seis principales beneficios que
tiene la Carta Porte, los cuales son:
- Identificar a detalle las mercancías para tener
la certeza de qué se transporta y las rutas que sigue.
- Conocer el origen y destino de las mercancías, para
los casos de verificación aleatorios que permitan anticiparse a los riesgos o
amenazas en el traslado.
- Brindar información para establecer estrategias
que garanticen la seguridad de tránsito en las distintas rutas.
- Contar con elementos que permitan verificar las
operaciones realizadas por las personas que participan en el traslado de
mercancías.
- Proporcionar elementos a las dependencias públicas responsables
de la vigilancia y control de las vías de paso para verificar las mercancías y
acreditar su legal estancia y/o tenencia durante su traslado.
- Fortalecer el comercio formal, combatir la informalidad
y el contrabando.
De acuerdo con cada tipo de transporte, los beneficios y
maneras de tramitarlo cambian, esto en razón de si el CFDI es de ingreso o
traslado. Para conocer todas las características específicas, da clic en
el siguiente enlace: http://omawww.sat.gob.mx/cartaporte/Paginas/default.htm
Finalmente, el SAT recordó que cuando alguien traslade
mercancías, debe generar previamente el CFDI con el complemento Carta Porte,
con ello se podrá acreditar su legal estancia y/o tenencia de las mismas
durante el traslado, acompañándolas con el archivo digital o la representación
impresa.
Asimismo, señaló que la información a registrar en el
complemento Carta Porte dependerá de los sujetos que intervengan en la
operación, el medio de transporte y el tipo de CFDI (Ingreso o Traslado).
Cabe resaltar que el SAT, en seguimiento al decreto
publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado 4 de marzo, dio
a conocer que a través del estímulo fiscal complementario a los
combustibles automotrices busca proteger el poder adquisitivo de los hogares
mexicanos al evitar
incrementos en términos reales en los precios al público
Está completamente dirigido a los contribuyentes que son
productores e importadores e combustibles, cuando realizan la venta de primera
mano en territorio nacional, por lo que tendrá impacto directo en todas las
operaciones subsecuentes, hasta llegar al consumidor final.
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