“Dado que el plagio académico es una forma de corrupción, denunciamos estos hechos para el bien del SNI, la comunidad científica y el pueblo en general y exigimos se le dé debido proceso”, se lee en la solicitud.
Investigadoras e investigadores de todas las áreas del
conocimiento – 77 para mayor precisión– pertenecientes a 35 entidades
académicas distintas, en su mayoría integrantes del Sistema Nacional de
Investigadores (SNI), solicitaron a la Junta de Honor del SNI revisar una
“falta de ética” cometida presuntamente por el doctor Alejandro Gertz Manero,
actual fiscal general de la República, admitido hace cuatro meses como miembro
del SNI, directo al nivel III, luego de diez años de intentos infructuosos
durante los cuales fue rechazado por "insuficiente producción
científica".
Como se describe en los lineamientos para el funcionamiento
de la Junta de Honor del SNI en su capítulo 1, artículo 3, "se entenderá
que un investigador comete falta de ética cuando viola las reglas y guías de
conducta aceptadas en el área de su campo profesional, afectando con ello el
prestigio, la credibilidad, profesionalismo y calidad del Sistema Nacional de
Investigadores o de las reglas y procedimientos establecidos para designación y
permanencia de sus miembros, o cuando pasa por alto los valores y principios fundamentales
y genéricamente reconocidos por la sociedad mexicana, tales como integridad,
honradez y objetividad".
Por lo anterior los 55 investigadores nacionales nivel III
(siete de ellos eméritos), 17 nivel II y cuatro nivel I, denuncian a través de
una carta enviada de manera electrónica, que Gertz Manero mostró como
documentos probatorios de su trabajo académico al menos dos libros con
“abundantes” plagios, entendidos éstos como la acción de presentar un texto
ajeno como propio, sin ningún tipo de signo o de aviso que remita a la obra del
autor original.
El mismo documento presenta vínculos a los documentos que
sustentan la acusación por plagio e invocan a la fracción VI del Artículo XVI
de obligaciones y sanciones del Reglamento del SNI, el cual establece, entre
otras cosas, que: "Toda la información que se presente deberá ser verídica
y comprobable. En caso de encontrarse alteración de datos oficiales o falta
dolosa a la veracidad en la información suministrada, el expediente será
remitido a la Junta de Honor para acreditar responsabilidad".
La solicitud de revisión fue dirigida a María Elena
Álvarez-Buylla, directora del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología
(Conacyt), a María José Rhi Sausi Garavito, directora de la dirección adjunta
de Desarrollo Científico; Liza Aceves, directora de vocaciones científicas y
Sistema Nacional de Investigadores; y a Elvia Arcelia Quintana Adriano,
presidenta de la Junta de Honor del SNI.
¿Cómo se procede a una sanción dentro del SNI?
Ya en otras ocasiones, frente a casos similares de plagio
académico, el Conacyt ha aplicado el reglamento, señalando que “no tolerará
faltas éticas que ponen en duda la integridad del SNI”, además ha asegurado que
cualquier caso denunciado de esta naturaleza seguirá un procedimiento riguroso,
siempre respetando el derecho de defensa de los sujetos implicados.
En el pasado, por ejemplo, se procedió a cancelar el
nombramiento de dos personas como investigadores nacionales y aplicar la máxima
sanción por 20 años, asegurando que ningún criterio o procedimiento de
evaluación puede ser tomado como excusa para cometer una falta ética, esto se
dio a conocer mediante el comunicado 66/15 del Conacyt.
El reglamento contempla cómo atender cualquier caso en que
se abuse de la confianza y se presente alguna irregularidad por algún miembro
del sistema, relativa a su carácter de investigador.
En este sentido la junta de honor está integrada por cinco
miembros distinguidos del SNI, todos nivel III, mismos que sesionan cuando el
director del SNI los convoca ante la presunción de una irregularidad de algún
miembro del sistema y que sea motivo de una denuncia formal y documentada.
Existen cinco sanciones contempladas en el reglamento:
Amonestación privada o pública; revocación del cargo o comisión que le hubiere sido
conferida; Suspensión en los derechos que le confiere la distinción como
miembro del SNI hasta por 20 años, pérdida de la distinción como miembro SNI o
la imposibilidad de regresar al SNI hasta por 20 años.
La sanción que impone la Junta de Honor se presenta ante el
Consejo de aprobación para el último análisis, mismo que preside la directora
del Conacyt y donde participan funcionarios del sector y académicos.
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