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viernes, 19 de marzo de 2021

Salud emite autorización a establecimientos para fabricar y comercializar productos contra Covid-19

 





Como medida extraordinaria, la Secretaría de Salud otorgará autorizaciones a establecimientos médicos para fabricar, dispensar y comercializar productos como oxígeno, mascarillas, gel, medicamentos, ventiladores y pruebas

Como medida extraordinaria, la Secretaría de Salud (Ssa) otorgará autorizaciones temporales a establecimientos médicos para que puedan fabricar, dispensar y comercializar productos que ayuden a prevenir, atender y erradicar la epidemia del Covid-19 en México.

En un acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la SSa emitió los “Lineamientos para la emisión de autorizaciones temporales de insumos para la salud, para establecimientos de atención médica y la certificación temporal de buenas prácticas de fabricación de insumos para la salud que contribuyan a la erradicación y mitigación del virus SARS-CoV2 (Covid-19)”.

La dependencia estableció los requisitos que los establecimientos médicos deben cumplir para fabricar, dispensar y comercializar de manera temporal gases medicinales, rellenado de tanque de oxígeno, medicamentos, ventiladores invasivos, pruebas de diagnóstico, concentradores de oxígeno, gel antibacterial, mascarillas
estériles (cubrebocas), termómetros y oxímetros de pulso.

Por otra parte, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) será la encargada de analizar y resolver las solicitudes de los
establecimientos médicos que quieran obtener su autorización temporal.

Según los lineamientos emitidos por la Ssa, la Cofepris deberá resolver las solicitudes en un plazo no mayor a 10 días.

“Los presentes lineamientos tienen por objeto establecer los criterios, que como acción extraordinaria en materia de salubridad general seguirá la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios en los procesos de ingreso, evaluación y autorización de insumos para la salud y establecimientos de atención médica, incluyendo la certificación temporal de buenas prácticas de fabricación de establecimientos de insumos para la salud que contribuyan a la erradicación y mitigación del virus SARS-CoV2 (Covid-19)”, señalan los lineamientos publicados en el DOF.

Al emitir sus lineamientos, la Ssa argumentó que su responsabilidad es tomar las medidas preventivas indispensables en caso de que en el país haya epidemias graves o peligro de enfermedades exóticas.

Los requisitos para los establecimientos médicos son diversos y también dependen de qué tipo de producto quieran fabricar, dispensar y comercializar.

 

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