Como medida extraordinaria, la Secretaría de Salud otorgará autorizaciones a establecimientos médicos para fabricar, dispensar y comercializar productos como oxígeno, mascarillas, gel, medicamentos, ventiladores y pruebas
Como medida extraordinaria, la Secretaría de Salud (Ssa)
otorgará autorizaciones temporales a establecimientos médicos para que puedan
fabricar, dispensar y comercializar productos que ayuden a prevenir, atender y
erradicar la epidemia del Covid-19 en México.
En un acuerdo publicado en el Diario Oficial de la
Federación (DOF), la SSa emitió los “Lineamientos para la emisión de
autorizaciones temporales de insumos para la salud, para establecimientos de
atención médica y la certificación temporal de buenas prácticas de fabricación
de insumos para la salud que contribuyan a la erradicación y mitigación del
virus SARS-CoV2 (Covid-19)”.
La dependencia estableció los requisitos que los establecimientos
médicos deben cumplir para fabricar, dispensar y comercializar de manera
temporal gases medicinales, rellenado de tanque de oxígeno, medicamentos,
ventiladores invasivos, pruebas de diagnóstico, concentradores de oxígeno, gel
antibacterial, mascarillas
estériles (cubrebocas), termómetros y oxímetros de pulso.
Por otra parte, la Comisión Federal para la Protección
contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) será la encargada de analizar y resolver
las solicitudes de los
establecimientos médicos que quieran obtener su autorización temporal.
Según los lineamientos emitidos por la Ssa, la Cofepris
deberá resolver las solicitudes en un plazo no mayor a 10 días.
“Los presentes lineamientos tienen por objeto establecer los
criterios, que como acción extraordinaria en materia de salubridad general
seguirá la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios en los
procesos de ingreso, evaluación y autorización de insumos para la salud y
establecimientos de atención médica, incluyendo la certificación temporal de
buenas prácticas de fabricación de establecimientos de insumos para la salud
que contribuyan a la erradicación y mitigación del virus SARS-CoV2 (Covid-19)”,
señalan los lineamientos publicados en el DOF.
Al emitir sus lineamientos, la Ssa argumentó que su
responsabilidad es tomar las medidas preventivas indispensables en caso de que
en el país haya epidemias graves o peligro de enfermedades exóticas.
Los requisitos para los establecimientos médicos son
diversos y también dependen de qué tipo de producto quieran fabricar, dispensar
y comercializar.
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