El mandatario señaló que enviaría una reforma al Congreso para que se modifique el artículo 35 de la Carta Magna. Te decimos por qué.
El presidente Andrés Manuel López Obrador anunció
este miércoles que enviarán una iniciativa de reforma al artículo 35 de la
Constitución si la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determina
que su propuesta de consulta para juzgar a expresidentes es
anticonstitucional.
"Yo tengo la responsabilidad de buscar que en
México, porque fue mi compromiso, se lleve a cabo la consulta
ciudadana y otros métodos democráticos (...) Y de inmediato estaría
enviando una iniciativa de reforma al artículo 35 para que no se cancele esta
posibilidad", afirmó.
El proyecto del ministro Luis María Aguilar señala
que el objeto de la propuesta del mandatario es "consultar al pueblo de
México si está de acuerdo o no en que las autoridades competentes —Fiscalía
General de la República y fiscalías de los estados, Poder Judicial de la Federación
y poderes judiciales de los estados, las policías y cualquiera otra que tenga
atribuciones— investiguen y, de resultar fundada alguna causa, sancionen
penalmente a los expresidentes de México referidos en el escrito de
solicitud".
Aguilar consideró después que ese objeto es
violatorio a la Constitución porque somete a la voluntad del pueblo
decisiones que pueden calificarse como transgresiones.
"La consulta popular no puede tener por objeto
—expreso ni implícito— temas que involucren la restricción de los derechos
humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales en los
que el Estado mexicano sea parte, así como a las garantías para su
protección", apuntó.
El Pleno de la Suprema Corte sesionará el
próximo jueves 1 de octubre sobra la constitucionalidad de la propuesta.
¿Qué dice el artículo que buscaría reforma el
mandatario?
El artículo en cuestión es precisamente el que tiene
que ver con el proceso de las consultas ciudadanas.
En el numeral tres, que fue reformado en diciembre
de 2019, es decir, por la presente legislatura del Congreso de la Unión,
se señala que no podrán ser objeto de consulta popular "la restricción de
los derechos humanos reconocidos por esta Constitución y en los tratados
internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, ni las garantías para
su protección".
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