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lunes, 21 de diciembre de 2015

Crean tres agencias de MP para atención a menores



Toluca, Tlalnepantla y Ecatepec, las regiones
procuraduría mexiquense creó la Agencia del Ministerio Público para la Atención de Niñas, Niños, Adolescentes y Expósitos, a fin de que atiendan los asuntos relacionados con expósitos o niños, niñas o adolescentes abandonados o puestos a disposición del Ministerio Público que requieran cuidado del estado y fijó las reglas para su organización y funcionamiento.

Con esa decisión, el territorio mexiquense se dividirá en tres regiones: Toluca, con 66 municipios, Tlalnepantla, encargada de 24 ayuntamientos y Ecatepec donde atenderá a 35 demarcaciones.

Cada región tendrá una Agencia del Ministerio Público en el municipio que podrá ejercer la facultad de atracción sobre los asuntos relacionados o que tengan que ver con niñas, niños, adolescentes y expósitos que requieran cuidado del Estado.

Además, podrán remitir a las Fiscalías Regionales o Especializadas los asuntos de su competencia para su investigación, y en su caso, el ejercicio de la acción penal y se podrá solicitar al director del Instituto de Servicios Periciales y la habilitación de peritos en la especialidad que se requiera.

Según las reglas fijadas por el procurador Alejandro Gómez, cuando los agentes del Ministerio Público tengan a su disposición a una niña, niño, adolescente o expósitos que requiera cuidado del Estado, solicitarán a la Coordinación de Planeación y Administración los recursos materiales y financieros suficientes y lo remitirán al DIFEM, o a los Sistemas Municipales. Además, para la reintegración de niñas, niños y adolescentes puestos a disposición del Ministerio Público la autoridad ministerial deberá practicar las diligencias de investigación legalmente procedentes y en los expósitos, es decir, en recién nacidos en situación de desamparo, la autoridad ministerial deberá canalizarlos de manera inmediata al DIFEM.

En un término que no podrá exceder de cuarenta y ocho horas, las autoridades realizarán las investigaciones necesarias, a efecto de determinar el origen y demás circunstancias relacionadas, a fin de favorecer la recuperación biopsicosocial, mediante la ubicación de la familia.

A los servidores públicos responsables de la inobservancia de las disposiciones contenidas en este acuerdo, se les sancionará de acuerdo con la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de México y Municipios.(S)

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