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miércoles, 26 de agosto de 2015

IMSS integra pagos por días de descanso al Salario Base Cotización

El IMSS detectó que hay patrones que pagan a sus trabajadores supuestas indemnizaciones en sus cuentas contables, pero en los recibos de nómina corresponden a los días de descanso semanal, es decir, parte de su salario.




El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) emitió el criterio normativo 01/2015 –el primero de este año- que establece que las cantidades pagadas en efectivo o depositadas en la cuenta de los trabajadores por concepto de días de descanso semanal u obligatorio laborados se integran al Salario Base de Cotización (SBC).

El instituto ha detectado que existen patrones que entregan efectivo o depositan cantidades de dinero en las cuentas de sus trabajadores, etiquetándolas como indemnizaciones en la contabilidad y en los recibos de nómina como días de descanso semanal u obligatorio laborados, sin integrarlas al SBC por considerarlas supuestas indemnizaciones.

Lo anterior se considera una práctica indebida para el IMSS en virtud de que las cantidades de dinero pagadas a los trabajadores por concepto de días de descanso semanal u obligatorio laborados, no pueden ser consideradas como indemnizaciones sino como salario.



Las indemnizaciones que no integran al salario son únicamente las que de manera expresa establece la Ley Federal del Trabajo (LFT), como serían las que se pagan por terminación de la relación laboral, por sufrir un accidente o enfermedad de trabajo u otros supuestos que señale la Ley.

La LFT establece en su Artículo 73 que los trabajadores no están obligados a prestar servicios en sus días de descanso, pero si llegara a darse el caso, el patrón debe pagar al trabajador, independientemente del salario que le corresponda por el descanso, un salario doble por el servicio prestado.

En este mismo sentido, el Artículo 75 de la misma ley laboral señala que los trabajadores que laboren en días de descanso obligatorio tienen derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado.

La LFT señala expresamente que cuando un trabajador labore en sus días de descanso semanal u obligatorio, tiene derecho al pago de un salario doble por el servicio prestado, por lo tanto, los pagos realizados al trabajador por laborar en esos días son cantidades entregadas con motivo de su trabajo que deben integrar al SBC.

Pablo Noreña, socio de Contribuciones Locales y Seguridad Social de PwC, señala que durante los últimos años las autoridades fiscales se han esforzado en detectar e inhibir esquemas de evasión de impuestos o cuotas de seguridad social en prestadoras de servicios de personal.

Para ese efecto el año pasado el IMSS emitió cuatro criterios normativos que, si bien no son texto de Ley, se transparenta lo que a juicio de la autoridad pudieran ser conductas fuera de Ley.

La firma Ernst&Young indicó que a partir del ejercicio 2014, el IMSS ha emitido una serie de criterios normativos, de observancia general y obligatoria en todas las Delegaciones y Subdelegaciones en materia de fiscalización y relacionados con el pago de conceptos excluyentes del SBC de acuerdo al Artículo 27 de la Ley del Seguro Social.

Dichos conceptos han sido los siguientes:
•01/2014 Previsión Social
•02/2014 Alimentación o Habitación
•03/2014 Indemnizaciones por enfermedades o accidentes de trabajo no acontecidos
•04/2014 Cantidades en dinero entregadas en efectivo a los trabajadores o depositadas en sus cuentas personales o de nómina, que no cumplan con los requisitos para planes de pensiones establecidos por la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro.

martes, 28 de julio de 2015

Incumplen con pagos de multas ex servidores de municipios del Estado de México



En más de 10 años la Contraloría del Poder Legislativo del Estado de México ha impuesto sanciones económicas por unos ocho millones de pesos a ex servidores públicos, entre ellos a ediles y diputados de anteriores y de actuales gestiones, pero la Secretaría de Finanzas no ha cobrado ni tres millones; es decir, apenas un 37 por ciento.
La falta de cobro, reprochó el contralor del Poder Legislativo en el Estado de México, Victorino Barrios Dávalos, genera una fuerte impunidad, cuando las autoridades no tienen pretexto para no cobrar, pues los créditos fiscales no prescriben y en cualquier momento se pueden hacer efectivos, incluso a través de requerimientos y embargos.
Por ello, llamó a Finanzas a ser más efectiva y a no permitir que las sanciones impuestas a quienes no han presentado sus manifestaciones de bienes queden en la impunidad, pero también advirtió que ahora no cumplir con la entrega de esas declaraciones, ya es una falta más grave.
"Hemos impuesto sanciones por ocho millones y no han cobrado ni tres; en el tiempo que he estado aquí se han impuesto sanciones por manifestaciones de bienes y hasta este año se volvió causa grave de sanción la presentación de la manifestación de bienes y quien no la presente va a pagar sanción, en otros estados se sancionaba con mayor severidad y aquí no.
"Entonces ahora (los diputados) ya la cambiaron, ya va a ser causa grave no presentar la manifestación de bienes y no hay manera de que vayas a pedir que no te sancionen porque es la primera ocasión; de aquí para adelante todo el que no presente manifestación de bienes o declaración de intereses será sancionado económicamente; esa es la sanción que equivale a inhabilitación en la federación, pero aquí sólo es sanción económica", explicó.
Barrios Dávalos dijo que si desde hace años el hecho de no entregar la manifestación de bienes hubiera sido considerada causa grave para castigarse, aun cuando fuera primera vez, habrían cobrado unos 25 millones a quienes no han entregado sus manifestaciones de bienes y reprochó la lentitud de la Secretaría de Finanzas para cobrar sanciones, aun cuando los recursos que obtenga son para esa dependencia.
"Finanzas se ha vuelto lenta para cobrar, le hacen falta mecanismos y a eso se le llama impunidad también porque te ponen la sanción, no le cobras y aquél anda feliz, no pasa nada; es como cuando comete un delito, lo metes a la cárcel, paga una fianza y sale y anda feliz por la vida.
"Lo importante es que se cobre porque no cumplir la sanción es impunidad y ese es el hermano de la corrupción, es un llamado a que la Secretaría de Finanzas se ponga las pilas y cobre lo que debe porque si tiene muchos créditos fiscales y no se apura, pues eso les hace que pierdan mucho dinero y son incluso a los actuales servidores públicos", explicó.
Los créditos fiscales no prescriben; por lo cual Finanzas los puede cobrar, pero reclamó que no lo ha hecho. "Ha sido flojita la Secretaría de Finanzas, el dinero es para ellos y nada más tienen que hacer un citatorio, y si no está, un embargo. Los cobros deben ser más eficientes porque si no vamos a seguir así: con una impunidad en la sanción administrativa de tipo financiero que no se va a resolver", precisó

martes, 16 de junio de 2015

Mexibús línea 2 dejará de ser gratuito éste sábado

A partir del día 20 de junio dejará de ser gratuito el servicio de la línea 2 del Mexibús que corre de las Américas en el municipio de Ecatepec hasta la Quebrada en Cuautitlán Izcalli e iniciarán con el cobro que será de seis pesos a los usuarios para poder ingresar a las estaciones, información que se está dando a conocer a través de vinilonas colocadas dentro de las mismas, para informar a la ciudadanía, aunque aún las autoridades no han dado a conocer hasta cuando el transporte público saldrá de circulación


Por Beda Peñaloza


Es importante mencionar que la tarjeta que es utilizada para la línea I, que corre de Ciudad Azteca a Ojo de Agua en Tecámac no será válida para poder ingresar a la línea 2, por lo que se tendrá que adquirir una nueva tarjeta que tiene un costo de diez pesos, misma que para adquirirla tendrá que depositar $16 en las máquinas que contiene el precio de la tarifa del primer viaje en los autobuses articulados
Como se recordará la línea del Mexibús 2 fue inaugurada, por el presidente de la republica licenciado Enrique Peña Nieto y el gobernador Eruviel Ávila Villegas el 12 de enero del presente año, entrando en operación con el servicio gratuito al día siguiente, esto ante la falta de la terminación de la línea que tiene una longitud de 22.4 kilómetros, con 41 estaciones de paso en los cuatro municipios mismas que en la primera etapa estarán darán servicio por 62 autobuses que se prevé utilicen alrededor de 185 mil personas al día.
Cabe mencionar que esta línea del Mexibús 2, que facilitará la movilidad y ahorro de tiempo en el traslado de casi 2 millones de habitantes de los municipios de Cuautitlán Izcalli, Tultitlán, Coacalco y Ecatepec, se prevé que tendrá conexiones con el Tren Suburbano que sale de Cuautitlán Izcalli y llega hasta Buenavista, en el Distrito Federal así como hoy lo hace con el Mexibús 1, que sale de Ciudad Azteca y va a Ojo de Agua
Ante esta situación todavía se encuentra en la expectativa, si el transporte público dejará de circular por las importantes vialidades por donde de servicio la línea del transporte masivo o si hay acuerdos con los líderes transportistas para continuar dando el servicio anormal a los pasajeros o si solo contarán con bases alimentadoras