Cumplir esta obligación fiscal no debería ser un dolor de cabeza; te explicamos a detalle lo que debes de hacer con esta obligación fiscal
Abril es el mes en el que las personas físicas tienen la
obligación de presentar su Declaración Anual de impuestos ante el Servicio
de Administración Tributaria (SAT).
Para muchos contribuyentes este trámite representa todo
un reto, pero no imposible si se conoce bien el proceso, fechas, obligaciones y
deducciones, facilitan la presentación de esta obligación fiscal.
¿Qué es la declaración anual?
Es una obligación fiscal que tienen los contribuyentes que
hayan obtenido ingresos a lo largo de un ejercicio fiscal. La declaración anual
es la única forma de reportar al Servicio de Administración Tributaria (SAT)
los ingresos y egresos que se generaron durante el año, para así poder
contribuir con el pago de impuestos.
¿Quiénes están obligados a presentarla?
Todos los contribuyentes que obtengan ingresos acumulables a
lo largo del ejercicio, incluyendo aquellos contribuyentes pertenecientes al
capítulo I y VI Título IV de la Ley de Impuesto Sobre la Renta (LISR) que estén
dentro de los siguientes supuestos:
Tuvieron 2 o más empleadores en el último año.
Sus ingresos excedieron los 400 mil pesos en el último año.
Recibieron sueldo de empresas en el extranjero que no tengan
obligación de hacer retenciones en México.
Los que obtuvieron ingresos por concepto de intereses reales
que superaron los 100 mil pesos.
¿Cómo se tiene que hacer la declaración?
Ésta se debe presentar a través de la página de
internet del Servicio de Administración Tributaria en los formatos que ahí
se señalen junto con firma electrónica avanzada del contribuyente que presente
su declaración. Solo requieren la Contraseña y, únicamente en el caso
que se obtenga saldo a favor mayor a 150 mil pesos o si se va a modificar la
cuenta CLABE, se deberá enviar con la firma electrónica (e. firma)
¿Es importante tener la asesoría de un contador?
Sí, porque sin la ayuda un experto en el tema se pueden
cometer errores en la declaración que pueden llegar a causar multas para el
contribuyente que presente de manera incorrecta su declaración. Además, el
Contador te podrá guiar y asesorar durante todo el proceso para que tengas toda
la documentación y soporte en orden.
Recomendaciones si es la primera vez que haces tu
declaración
En primer lugar, que a lo largo del año hayan llevado su
contabilidad y tengan a la mano los siguientes datos y documentos en orden:
Ingresos totales
Pagos provisionales (en caso de que a lo largo del año se
hayan hecho)
CFDI´s de deducciones personales
Comprobantes de retenciones de ISR
Recuerda que puedes tener saldo a favor o pagar menos a
través del correcto manejo de esta importante información.
¿Qué gastos se pueden deducir?
Los pagos por honorarios médicos, dentales y por servicios
profesionales en materia de psicología y nutrición.
Los gastos de funerales en la parte en que no excedan del
salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año
Los donativos no onerosos ni remunerativos, que satisfagan
los requisitos previstos en esta Ley y en las reglas generales que para el
efecto establezca el Servicio de Administración Tributaria
Los intereses reales efectivamente pagados en el ejercicio
por créditos hipotecarios destinados a la adquisición de su casa habitación
contratados con las instituciones integrantes del sistema financiero, siempre
que el monto total de los créditos otorgados por dicho inmueble no exceda de
setecientas cincuenta mil unidades de inversión.
Las aportaciones complementarias de retiro realizadas
directamente en la subcuenta de aportaciones complementarias de retiro.
Las primas por seguros de gastos médicos, complementarios o
independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones
públicas de seguridad social.
Los gastos destinados a la transportación escolar de los
descendientes en línea recta cuando ésta sea obligatoria en los términos de las
disposiciones jurídicas del área donde la escuela se encuentre ubicada o cuando
para todos los alumnos se incluya dicho gasto en la colegiatura.
Los pagos efectuados por concepto del impuesto local sobre
ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal
subordinado, siempre que la tasa de dicho impuesto no exceda del 5%.
Los pagos por servicios de enseñanza correspondientes a los
tipos de educación básico y medio superior a que se refiere la Ley General de
Educación, efectuados por el contribuyente para sí, para su cónyuge o para la
persona con quien viva en concubinato y para sus ascendientes o sus
descendientes en línea recta.
Y si no cumples
Es importante cumplir con la Declaración Anual de Personas
Físicas, ya que de no hacerlo puedes ser sancionado con fuertes multas.
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