Este miércoles la Gaceta de Gobierno del Estado de México
publicó las reglas de operación para el programa Mujeres con Bienestar, el
cual está dirigido a mujeres de entre 18 y 64 años que sean madres solteras; se
reconozcan como indígenas y residan en alguno de los municipios con presencia
indígena catalogados en la Ley de Derechos y Cultura Indígena del Estado
de México.
El programa también beneficia a mujeres que se reconozcan
como afromexicanas; sean residentes en localidades con alta y muy alta
marginación; que tengan enfermedades crónico degenerativas; alguna discapacidad
permanente, o cuiden a personas con discapacidad.
Así como a mujeres que sean víctimas u ofendidas de un
delito; que sean repatriadas, entre otras.
Las nuevas reglas de operación subrayan que a partir de que
las beneficiarias cumplen 65 años son dadas de baja del programa.
Requisitos
Documento original y copia simple de acta de nacimiento, INE
vigente (si no se cuenta con esta se deberá presentar una constancia
domiciliaria expedida por la autoridad local correspondiente con vigencia no
mayor a 3 días) así como el CURP.
También se solicitará el comprobante de domicilio con una antigüedad
máxima de 6 meses o constancia domiciliaria de la autoridad local con vigencia
no mayor a 3 días; así como el Formato Único de Bienestar debidamente
llenado.
En el caso de las beneficiarias de la convocatoria del
2023, podrán continuar recibiendo los apoyos que brindará el programa durante
el año 2024, de acuerdo con la disponibilidad presupuestal del ejercicio fiscal
vigente, siempre y cuando requisiten en el instrumento oficial y válido
determinado por las autoridades.
Habrá prioridades
Las nuevas reglas de operación del programa Mujeres con
Bienestar subraya que se priorizará a las mujeres que se reconozcan como
indígenas y residan en alguno de los municipios con presencia indígena
catalogados en la Ley de Derechos y Cultura Indígena del Estado de México.
Así como aquellas que se reconozcan como afromexicanas; sean
residentes en localidades con alta y muy alta marginación; que tengan
enfermedades crónico degenerativas; alguna discapacidad permanente, o cuiden a
personas con discapacidad y mujeres que sean víctimas u ofendidas de un delito;
que sean repatriadas, entre otras.
Los registros podrán realizarse vía presencial o por Internet.
¿Por qué se me daría de baja?
Hay varias causas de baja en este programa, entre ellas que
se proporcione información socioeconómica falsa para su incorporación, el
cambio de domicilio a otra entidad, la renuncia de manera voluntaria, por
fallecimiento y al cumplir los 65 años.
La baja será automática a aquellas personas que
transferieran, vendan, presten, permutan, modifiquen, alteren o falsifiquen el
medio de entrega; que realicen actos de proselitismo con los apoyos del
Programa en favor de una persona postulante a un cargo de elección popular, a
través de un partido político, coalición o de manera independiente y en caso de
comprobarse que es beneficiaria de otro Programa de Desarrollo Social federal,
estatal o municipal, mediante el cual reciba apoyo monetario.
Además de que se compruebe que la beneficiaria no acuda a
las convocatorias sin causa justificada y que haga mal uso del medio de
disposición del apoyo monetario.
La convocatoria de este programa saldrá en próximos días.
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