Comisiones de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen de reformas a la Ley de Aeropuertos y a la Ley de Aviación Civil, en materia de protección del espacio aéreo mexicano, que propuso el presidente Andrés Manuel López Obrador.
Con 57 votos a favor de la mayoría de Morena y sus
aliados, cuatro en contra y 45 abstenciones de la oposición, las comisiones
unidas de Comunicaciones, Economía y de Infraestructura de la Cámara de
Diputados, aprobaron el dictamen.
Luego de casi dos horas de discusión por el trámite
legislativo, la mayoría de Morena y sus aliados se impusieron con un dictamen
“a modo del Ejecutivo”, acusó la oposición, elaborado por la Comisión de
Infraestructura, que preside el PT, y desechó, con 53 votos en contra y 46
favor, el dictamen que presentó la Comisión de Comunicaciones, que preside el
PAN.
Este dictamen aprobado por mayoría -que fue turnado al pleno
de diputados para su discusión y votación- contiene cambios en materia de
protección del espacio aéreo, para recuperar la categoría 1 de la aviación mexicana, se indica.
Se argumenta que las reformas son para “dotar legalmente a
la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC), órgano administrativo
desconcentrado de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y
Transportes (SICT), de facultades para expedir disposiciones
técnico-administrativas en materia aeroportuaria relativas a la administración,
operación, construcción y certificación de aeropuertos y aeródromos
civiles”.
Además, para expedir “los programas maestros de desarrollo,
programas indicativos de inversiones, servicios aeroportuarios y
complementarios, y en materia de aviación civil, actualizar el marco jurídico
regulatorio para armonizarlo con la normativa internacional en la materia y con
las buenas prácticas internacionales establecidas en el Convenio sobre Aviación
Civil Internacional (Convenio de Chicago)”.
Loa anterior “para garantizar la seguridad operacional,
protección, eficiencia de las operaciones aéreas civiles, así como la
protección del medio ambiente”.
“Clarifica la naturaleza jurídica de la AFAC, como órgano
administrativo desconcentrado adscrito a la SICT, y pretende dotarla de
atribuciones que le permitan ejercer su autonomía técnica, operativa y
administrativa en la coordinación, vigilancia y control de la prestación de los
servicios de transporte aéreo nacional e internacional, aeroportuarios, complementarios
y comerciales, de manera más precisa y acorde con la normativa internacional en
la materia”, se agrega.
Las modificaciones a la Ley de Aeropuertos plantean la
autorización de permisos para la operación y explotación de los aeródromos
o helipuertos civiles, los cuales se supeditarán a la coordinación que se
establezca con la Sedena y la Marina.
En la Ley de Aviación Civil se contemplan acciones de
autorización para sobrevolar el espacio aéreo, así como aterrizar y despegar en
territorio mexicano, respecto de aeronaves extranjeras de servicio privado no
comercial.
La persona titular de la Secretaría de Infraestructura,
Comunicaciones y Transportes -según establece el artículo 14 del Decreto-”podrá
otorgar concesiones, sin sujetarse a licitación pública, a las sociedades
mercantiles con participación mayoritaria de los gobiernos de las entidades
federativas o de los municipios constituidas para la administración, operación,
explotación y, en su caso, construcción de aeropuertos”.
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