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martes, 15 de febrero de 2022

Alejandro Gómez Sánchez fiscal general de justicia del Estado de México, podría estar próximo a presentar su renuncia: Maurilio Hernández

 

 


El Congreso mexiquense prevé la posible salida del fiscal general de justicia del Estado de México, Alejandro Gómez Sánchez, y se alista para que, de confirmarse, establecer el procedimiento de elección de un nuevo titular de la Fiscalía General de Justicia de la entidad.

El presidente de la Junta de Coordinación Política en la Legislatura mexiquense, Maurilio Hernández González, afirmó que el fiscal estaría por renunciar, y de ser así, tendrían que seguir el procedimiento en la ley que prevé recibir propuestas, enviarlas al Ejecutivo y analizar una terna.

“Entiendo que ya presentó o va a presentar su renuncia, es una instancia autónoma y consecuentemente nosotros estaremos recibiendo alguna la propuesta y el procedimiento, y la Legislatura tomará la decisión que más convenga.

“Nosotros necesitamos tener, sobre el principio de lo que marca la propia Constitución y la Ley sobre los fiscales y las fiscalías, que se cumpla con todos los requisitos, y ante todo, también la probidad, creo que eso es fundamental para la Fiscalía”, respondió a pregunta de representantes de los medios de comunicación.

De confirmarse la salida del fiscal explicó, estaría presentando su renuncia unos dos años antes de que concluya su periodo, pues Gómez Sánchez inició como procurador, fue ratificado en el cargo en la transición de Procuraduría a Fiscalía, y se prevé que en los próximos días podría dejar el cargo.

La Constitución mexiquense señala que la o el fiscal general durará en su cargo nueve años y será designado y removido por la Legislatura local, la cual, tras la salida de quien estuviera en el cargo tendrá veinte días naturales para integrar y enviar al Ejecutivo una lista de hasta diez candidatas y candidatos al cargo, aprobada por las dos terceras partes de los miembros presentes en el Pleno de la Legislatura del Estado.

El Ejecutivo formulará una terna y la enviará a la consideración de la Legislatura, pero sino recibe la lista en el plazo señalado, enviará libremente a la Legislatura una terna y designará provisionalmente a la o el Fiscal General, quien ejercerá sus funciones mientras se realiza la designación definitiva.

La Legislatura, con base en la terna y previa comparecencia de las personas propuestas, designará a la o el fiscal general con el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes dentro del plazo de diez días.

 

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