Respecto al registro de Mons. Onésimo Cepeda Silva como
aspirante a candidato de diputación plurinominal
Ciudad de México, a 5 de abril del 2021.
Prot. Nº29/21
Respecto al registro de Mons. Onésimo Cepeda Silva para contender como
aspirante a candidato a Diputado Plurinominal, por el Distrito 21 del municipio
de Ecatepec, Estado de México, expresamos, que él es miembro de la Conferencia
Episcopal Mexicana, como obispo emérito de la Diócesis de Ecatepec, sin oficio
eclesiástico actual, y como tal, está sujeto al Derecho Canónico vigente, que dice,
entre otros cánones, aplicables a los clérigos, especialmente a obispos y
sacerdotes, lo siguiente:
Canon.278
§ 3. Absténganse los clérigos de constituir o participar en asociaciones, cuya
finalidad o actuación sean incompatibles con las obligaciones propias del
estado clerical o puedan ser obstáculo para el cumplimiento diligente de la
tarea que les ha sido encomendada por la autoridad eclesiástica competente.
Canon.287
§ 1. Fomenten los clérigos siempre, lo más posible, que se
conserve entre los hombres la paz y la concordia fundada en la justicia.
Canon.285
§ 1. Absténganse los clérigos por completo de todo aquello
que desdiga de su estado, según las prescripciones del derecho particular.
§ 2. Los clérigos han de evitar aquellas cosas que, aun
no siendo indecorosas, son extrañas al estado clerical.
§ 3. Les está prohibido a los clérigos aceptar aquellos
cargos públicos, que llevan consigo una participación en el ejercicio de la
potestad civil.
Canon.287
§ 2. No han de participar activamente en los partidos
políticos ni en la dirección de asociaciones sindicales, a no ser que, según el
juicio de la autoridad eclesiástica competente, lo exijan la defensa de los
derechos de la Iglesia o la promoción del bien común.
Respecto a este último canon, no consta que Mons. Cepeda haya pedido ni
recibido el permiso prescrito por las leyes canónicas.
Cabe mencionar y subrayar que Mons. Onésimo Cepeda Silva, como ciudadano de
este país, está sujeto a las leyes mexicanas y corresponde a las instituciones
del Estado dar o no, validez y aprobación a su candidatura.
Por tanto, la CEM se deslinda de todo acto político, que a título personal
realice Mons. Cepeda, no ejerciendo por ello, ni de voz ni de acción,
representatividad oficial de la Iglesia Católica.
Lo ya expresado no pretende afectar los derechos de nuestro hermano obispo,
solo establecer con claridad lo señalado por el Derecho Civil y el
Eclesiástico.
✠Alfonso G. Miranda Guardiola
Obispo Auxiliar de Monterrey
Secretario General de la CEM
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