Partidos, sindicatos también son sujetos obligados para preservar archivos
Habrá sanciones para quien oculte, niegue o destruya documentos
Toluca, Méx., a 27 de octubre de 2020. La Legislatura local aprobó por unanimidad la Ley de Archivos del Estado de México, para la protección de la administración homogénea de archivos, y obliga a cualquier autoridad, partidos y sindicatos a resguardar su información, además de incluir sanciones administrativas a quien la oculte o destruya.
La diputada de Morena, Elizabeth Millán García fue promovente de la iniciativa y a la cual posteriormente se sumó la bancada del PAN, para con ello armonizar los ordenamientos de acuerdo de la Ley Federal y crear el Sistema Estatal de Archivos del Estado de México.
La Ley aprobada determina como sujetos obligados a cualquier autoridad, entidad, órgano, y organismo de los poderes ejecutivo, legislativo, y judicial; órganos constitucionales autónomos, partidos políticos, fideicomisos y de fondos públicos en los que el ámbito local y municipal, así como cualquier persona física o moral incluyendo sindicatos que reciban y ejerzan recursos públicos, y que realicen actos de autoridad.
“Los archivos son esenciales en el desarrollo de la sociedad y fuente insustituible de información, que coadyuva al bienestar individual y a la conducción pública. Consecuentes con las iniciativas, creemos también que todo gobierno democrático debe transparentar las actividades gubernamentales y poner a disposición de la ciudadanía los archivos organizados”, sostuvo la morenista.
La nueva legislación establece que los órganos de internos de control o sus equivalentes en cada Sujeto Obligado, vigilarán el estricto cumplimiento de la presente Ley, de acuerdo con sus competencias e integrarán auditorías archivísticas en sus programas anuales de trabajo.
Son regulados los archivos privados de interés público y el registro estatal, cuyo objeto es obtener y concentrar información sobre los sistemas institucionales y los Archivos Privados de Interés Público, así como difundir el Patrimonio Documental resguardado en sus Archivos, el cual será administrado por el Archivo General del Estado y
La inscripción al Archivo General el Estado será obligatoria para los sujetos obligados y propietarios o poseedores de Archivos Privados de Interés Público, que deberán agruparse en expedientes y deberán adoptar medidas y procedimientos para garantizar la conservación de la documentación.
La ley considera infracciones administrativas impedir u obstaculizar la consulta de documentos sin causa justificada, actuar con dolo o negligencia para conservar archivos o usar, sustraer, divulgar, o destruir documentos de archivo.
Y considera como infracciones graves las cometidas en contra de documentos que contengan información relacionada con graves violaciones a derechos humanos.
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