UAN CARLOS RODRÍGUEZ
22 de diciembre de 1815, José María Morelos y Pavón celebró sus 18 años como sacerdote de la misma manera como lo hizo durante su ordenación: de rodillas y encomendándose a Dios. Sólo que, a diferencia de la ceremonia de 1797, cuando lo hicieron cura, esa vez estaba con los ojos vendados, con un crucifijo en la mano y de espaldas al pelotón de fusilamiento.
“Señor, si he obrado bien, tú lo sabes; pero si he obrado mal, yo me acojo a tu infinita misericordia”, fueron las últimas palabras del líder insurgente, quien a las tres de la tarde de un día como hoy, pero de hace 200 años, cayó muerto, tras 47 días de un juicio que, hasta la fecha, sigue despertando sospechas sobre su correcto desarrollo.
“El proceso contra José María Morelos estuvo plagado de vicios”, afirma el abogado José Elías Romero Apis, quien ha sido subprocurador de la República, así como diputado federal y profesor de derecho. “Si el caso lo observamos a la luz del sistema jurídico actual, es posible identificar entre 12 y 15 violaciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”, sostiene.
Y enlista: la aprehensión se realizó sin la orden de un juez; el obispo que lo excomulgó y degradó era incompetente; no se respetaron los formalismos esenciales del procedimiento penal; las penas que se le impusieron fueron inadecuadas o no correspondientes con los delitos; hubo circunstancias que hicieron imposible la defensa del reo, y se violó reiteradamente el principio de non bis in ídem, es decir, la máxima de que nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito<.
La captura
Morelos fue apresado
Al saberse rodeado y ante la cantidad de muertos en combate, Morelos dio una instrucción terminante a Nicolás Bravo: “Vaya usted a escoltar al Congreso, que aunque yo perezca, importa poco”. Y fue así que, mientras Bravo abría paso a los primeros diputados de México, Morelos trataba de ocultarse en las cuevas de la zona, hasta que fue alcanzado por Matías Carranco, un exinsurgente que se pasó a las filas del enemigo.
Desde la óptica de Romero Apis, aquí tuvo lugar la primera anomalía en el proceso de Morelos, pues “no había una consignación propiamente dicha ni una orden de aprehensión, ni tampoco hubo flagrancia. No ocurrió ninguna de las excepciones previstas en el 16 constitucional, no hubo una orden ministerial, por lo tanto estamos hablando de que sería un aprehensión inconstitucional”.
El cura de Carácuaro llegó a la Ciudad de México el 21 de noviembre de 1815 e hizo una escala en San Agustín de las Cuevas (hoy Tlalpan) para después ser llevado a las cárceles del Santo Oficio, lo que hoy es el Palacio de la Escuela de Medicina de la UNAM, en el Centro Histórico, a donde llegó a la 1 de la mañana del 22 de noviembre. Ese mismo día, a las 11 de la mañana, arrancó el juicio de la Jurisdicción Unida, como se le denominó al jurado civil y eclesiástico que procesó al Rayo del Sur.
Los ilícitos imputados a Morelos fueron traición al rey, traición a la patria y traición a Dios. “Aquí se presenta algo que los abogados llamamos atipicidad, es decir, cuando los delitos no están bien definidos y entonces se presta a que se den innumerables interpretaciones. En aquel entonces traición a la patria no tenía una definición, lo que hoy violaría el artículo 14 constitucional, párrafo tercero”, explica Romero Apis
“Un principio universal del derecho es que el imputado sepa de qué defenderse y para eso es necesario que el delito esté tipificado. Voy a poner un ejemplo burdo: supongamos que a ti se te acusa del delito de ‘cuchi cuchi’. ¿Y eso que es? ¿Le hiciste piojito a alguien? ¿La invitaste a salir, la saludaste, la miraste de manera lasciva? Un delito impreciso impide la defensa y eso ocurrió en el caso de Morelos”, detalla Romero Apis, colaborador de Excélsior y presidente de la Academia Nacional.
La defensa
En sus declaraciones, Morelos se dijo inocente de todos los cargos que se le imputaban, desde la herejía y la rebelión hasta el asesinato, pues todos fueron en nombre de la “guerra justa”. El líder insurgente tenía el derecho de nombrar a su defensor y eligió a José María Quiles, también oriundo de Valladolid (hoy Morelia) y casi recién egresado de la escuela. El neófito abogado tuvo apenas 24 horas para reunir pruebas en favor de Morelos y armar el argumento de que no hubo traición a la Corona en virtud de que España también había sido ocupada por un gobierno usurpador.
Una vez que la parte civil interrogó a Morelos y analizaba la posibilidad de aplicar la pena de muerte, además de mutilar su cuerpo y exhibir los miembros en plazas públicas, el caudillo fue procesado por un tribunal eclesiástico, mismo que lo acusaba de herejía, violar el celibato (Morelos tuvo dos hijos varones y una mujer) y de ignorar las excomuniones en su contra.
Para Romero Apis, este hecho quebranta el principio de non bis in idem. “Este es un precepto jurídico consagrado en las leyes de todos los países civilizados: nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito. Hayas sido condenado o hayas sido absuelto, aunque sean ámbitos distintos. Si ya fuiste juzgado en el fuero militar, no puedes ser juzgado por el mismo delito en el ámbito civil o viceversa”.
Una irregularidad adicional tiene que ver con la pena aplicada. Si bien el cuerpo del héroe ya no fue cercenado, sino sepultado, la pena de muerte fue excesiva. “Los supuestos delitos de Morelos ameritaban, en todo caso, prisión, pues el fusilamiento aplicaba en el caso de un militar, como ocurrió con Ignacio Allende. Incluso la traición a Dios se penaba con degradación, prisión, excomunión, pero no la muerte. Esto violaría el artículo 22 constitucional, donde se habla de penas inusitadas o infamantes”.
Sobre la versión de algunos historiadores en el sentido de que las declaraciones de Morelos fueron alteradas al momento de ser transcritas en actas, que se arrepintió de la lucha libertaria y que delató los planes de la insurgencia, Romero Apis afirma que es muy difícil saberlo, pues los juicios del Generalísimo fueron secretos. “El juicio penal ahora debe ser público, pero en aquel entonces era a puerta cerrada, no sabemos lo que dijo, no había grabaciones y las actas se llenaban después de sucedidos los hechos.”
El viernes 22 de diciembre de 1815, alrededor de las seis de la mañana, Morelos despertó en su celda. Comió pan con café, y después fue encadenado de manos y pies, subió a una carroza custodiada por 50 soldados y marchó a Ecatepec (hoy Estado de México) donde se realizaría la ejecución. Llegó a la una de la tarde.
El sacerdote Miguel Salazar fue comisionado para confesar a Morelos y preparar su sepultura. Después de comer, Morelos conversó con Salazar y con Manuel de la Concha, su captor, y posteriormente se confesó. Antes de pasar al paredón, rezó los salmos 51 y posteriormente tocaron tambores. Morelos abrazó a Concha, se vendó los ojos y tomó su crucifijo. Acto seguido se hincó de espaldas al pelotón. Sonaron dos descargas. Oficialmente, el caudillo murió a las tres de la tarde.
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