El grupo parlamentario de Morena propuso reformas al Código
Financiero del Estado de México y Municipios para establecer como delito fiscal
la retención y/o omisión en el entero de cuotas o aportaciones al Instituto de
Seguridad Social del Estado de México y Municipios (ISSEMyM), por parte de los
sujetos obligados.
El diputado Gerardo Ulloa Pérez señaló que desde
hace tiempo los servicios de ese organismo han disminuido en su calidad y
otorgamiento, debido al desequilibrio financiero que enfrentan los sistemas de
salud y el ISSEMyM y en parte se han generado por el no pago de cuotas y
aportaciones.
De acuerdo con el informe de la Cuenta Pública anual 2020,
refirió, al 31 de diciembre de ese año, se obtuvieron ingresos totales por 25
mil 313.2 millones de pesos y los egresos sumaron 26 mil 579.6 millones de
pesos, por lo cual hubo un déficit por mil 266.4 millones de pesos.
Por ello, señaló, el Instituto ha buscado alternativas para
capitalizarse, entre ellas: desincorporar y subastar 22 inmuebles de su propiedad
para recibir al menos 328 millones de pesos que se destinarían al rubro de
salud y de pensiones.
Sin embargo, al comparar el déficit referido en el informe
anual 2020 por mil 266.4 millones de pesos y lo que se pretende recibir por la
desincorporación y subasta de inmuebles de 328 millones de pesos, la solución
propuesta no ayudaría a sanear las finanzas del Instituto, pues solo
representaría el 25.9% del total del déficit, con lo que se podría señalar que
la medida no solucionaría, ni aliviaría la carga, ni el desequilibrio en sus
finanzas.
Un hecho que ha contribuido al desequilibrio, precisó, es la
omisión en el entero de cuotas y pago de aportaciones de seguridad social por
parte de los entes públicos
obligados; pues ese incumplimiento ha generado la existencia
de adeudos de por lo menos 24
municipios, de la Universidad Autónoma del Estado de México
(UAEM) y de los Cuerpos Auxiliares del Estado de México (Cusaem). Además,
añadió, el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México (OSFEM) ha
hecho observaciones por los recursos que no se han cobrado.
"De lo anterior se advierte que una de las principales
fuentes de financiamiento del Instituto son las cuotas y aportaciones de
seguridad social; las cuales son los pagos o contribuciones establecidas en la
ley a favor de entes públicos determinados y que tienen como objetivo financiar
su funcionamiento.
"Siendo el caso que parte de este financiamiento es
aportado por los trabajadores, a través de la retención que se realiza sobre su
sueldo, incluso antes de que éstos reciban la retribución por el trabajo
realizado", precisó.
A nivel federal, señaló, en los artículos 307, 308 y 309, de
la Ley del Seguro Social está tipificado el delito de defraudación a los
regímenes del seguro social y lo cometen patrones o sus representantes, además
de sujetos obligados que, con uso de engaños o aprovechamiento de errores
omitan total o parcialmente el pago de las cuotas obrero patronales u obtengan
un beneficio indebido con perjuicio al Instituto o a los trabajadores.
La propuesta es castigarlo como delito fiscal
El diputado de Morena admitió que es frecuente que los entes
públicos obligados omitan cubrir aportaciones y enterar cuotas de seguridad
social, en perjuicio de las finanzas del ISSEMyM y de los derechos y
prestaciones de seguridad social de las y los servidores públicos acreditados y
sus familias.
"Esta omisión no es reciente, desde la década de los
noventa, ya daba señales de tener un grave problema financiero, derivado de las
retenciones que aún y cuando ya se había realizado a los servidores públicos,
no se reflejaban en las finanzas del ISSEMyM, lo que en consecuencia ha
generado un desfalco, según cifras del propio Instituto, superiores a mil
millones de pesos.
"Eso ha atentado contra los servidores públicos y
usuarios al no contar con los recursos financieros necesarios para solventar
los requerimientos materiales y humanos, tanto de la institución, como de los
beneficiarios de las prestaciones, los que se ven limitados en el servicio al
que, como servidores públicos que cumplen con su obligación, tienen
derecho", afirmó.
Los tribunales federales, agregó, han sostenido que el
cumplimiento de obligaciones derivadas del derecho humano a la seguridad
social, no son negociables, y es obligación del Estado velar por su
observancia.
Ante eso, señaló, planteó tipificar la conducta en el Código
Financiero, como un delito especial; esto es, agravar la conducta y sus
consecuencias con una protección que por su naturaleza sea efectiva y
ejecutable, al reconocer al régimen de seguridad social como un bien jurídico
esencial y como un derecho humano.
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