Para el
siguiente año el Gobierno del Estado de México pretende obtener 85 millones de
pesos por el cobro del impuesto ecológico, el cual fue establecido desde este
2022.
Durante
el presente ejercicio la meta señalada en la Ley de Ingresos del Estado de
México fue de 80 millones de pesos, por la emisión de gases contaminantes a la
atmósfera, y de acuerdo con la propuesta para el 2023, el incremento en esa
tributación sería de apenas cinco millones de pesos más.
Adicionalmente,
la Secretaría de Finanzas plantea modificaciones a diversos artículos del
Código Financiero del Estado de México y Municipios, con el fin de dotar de
claridad el apartado sobre los elementos esenciales de ese gravamen, facilitar
a los contribuyentes obligados el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y
garantizar la preservación de un medio ambiente sano.
En el
artículo 69 S se pretende incluir que se considera fuente fija a toda
instalación en un lugar determinado en forma permanente, que tenga como
finalidad desarrollar operaciones o procesos de tipo industrial, comercial; así
como de servicios y cualquier otra actividad que genere o pueda generar
emisiones contaminantes a la atmósfera.
También
busca precisar que las descargas directas las constituyen las emisiones de
dióxido de carbono, metano y óxido nitroso que se emiten en los procesos y
actividades de las fuentes fijas.
Asimismo,
se propone adicionar un párrafo para señalar que las descargas indirectas son
las emisiones de dióxido de carbono, metano y óxido nitroso que se generan como
consecuencia del consumo de energía eléctrica y térmica en las fuentes fijas.
El
artículo 69 S Bis precisaría que el pago del impuesto ecológico se determinará
considerando la cuantía de la emisión contaminante de dióxido de carbono,
metano y óxido nitroso, ya sea unitaria o cualquier combinación de ellos,
expresada en toneladas, que descarguen las fuentes fijas ubicadas en territorio
del Estado de México.
En el
artículo 69 S se prevé que la presentación de la declaración se debe realizar
en forma electrónica en el portal de Servicios al Contribuyente del Gobierno
del Estado de México.
Se
plantea que los contribuyentes paguen anualmente el impuesto, mediante la forma
oficial aprobada por la autoridad fiscal, a más tardar el 30 de abril, y la
obligación de pagar las diferencias existentes de las fracciones de toneladas
no declaradas mensualmente por ser menores a una tonelada.
De
acuerdo con el Código Financiero, se considera emisión de gases contaminantes a
la atmósfera la descarga directa o indirecta de dióxido de carbono, metano y
óxido nitroso que alteren el equilibrio ecológico.
Los
contribuyentes deben inscribirse en la Secretaría del Medio Ambiente y
presentar cada año una cédula de operación integral y llevar un registro de sus
emisiones.
Hace
unos días la presidenta de la Cámara Nacional de la Industria de la
Transformación en la entidad, Imelda Meza Parrilla, señaló que de 40 mil
empresas registradas en el padrón, solo 400 han pagado el impuesto ecológico en
la entidad.
Para el
2023 el gobierno pretende ser más preciso y clarificar el cobro del impuesto,
aunque la meta de recaudación no varía mucho en relación con la planteada para
el 2022.
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