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miércoles, 5 de junio de 2019

Paridad de género, obligación en integración de congresos locales

La Suprema Corte estimó que la paridad de generó trasciende a la integración de los congresos locales y ello no viola el derecho de los ciudadanos a votar.


La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció como jurisprudencia que el principio constitucional de paridad de género no queda en las candidaturas, sino que trasciende a la integración de los congresos estatales.

Dicha decisión se tomó en la sesión pública de este martes, donde los ministros resolvieron una contradicción de tesis entre criterios del Pleno de la SCJN y de la Sala Superior del Tribunal Electoral de Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

El criterio del TEPJF, relativo a un caso de Nuevo León, consideró que la regulación constitucional de paridad de género se obliga para la postulación de candidaturas a las legislaturas federal y locales.

Consideró dicho principio está orientado a la igualdad material o sustantiva entre géneros para ejercicio derechos políticos electorales mediante políticas de cuota que permita a las mujeres competir y acceder a cargos de elección popular.

Sin embargo, estimó que, si bien lo deseable es que la paridad se traduzca en integración de los órganos de representación popular, la ley limita la paridad a la postulación de las candidaturas. Por extenderla a la integración de los congresos trastocaría la libre configuración.

Por el contrario, el criterio de la Suprema Corte, con relación a un caso de la Ciudad de México, estimó que la paridad de generó trasciende a la integración de los congresos locales y ello no viola el derecho de los ciudadanos a votar ni de los candidatos a ser votados.

Apuntó que, en el caso de las diputaciones de mayoría relativa los ciudadanos votan por personas y en la representación proporcional lo hacen por partidos, lo que justifica la aplicación en ambos casos el principio constitucional de paridad.

Reconocieron que las entidades federativas tienen libertad configurativa, pero el principio de paridad de género debe respetarse en la asignación de diputaciones por el principio de representación proporcional.

El ministro Javier Laynez, ponente en este caso, explicó que esta decisión no presupone la obligatoriedad de quitar diputaciones a un partido para dárselo a otro, sino que se refiere a la reasignación de curules dentro de la postulación del mismo partido.

Arturo Zaldívar, ministro presidente, recordó que la paridad de género es en México un principio constitucional permanente y por lo tanto de aplicación obligatoria.

Es decir, que no es optativo para las entidades federativas garantizar, a través de la acción del Estado, que hombres y mujeres tengan las mismas posibilidades de acceder a los congresos locales.

lunes, 4 de noviembre de 2013

La paridad de género

A 60 años del sufragio femenino en México

Es cierto que el derecho de las mujeres a votar llegó tarde en México, sin embargo su lucha ha sido permanente, año con año

Por Diva Gastélum
Presidenta de la Comisión para la Igualdad de Género del Senado

Senado de la República, México.- Iniciamos con el pie derecho. A 60 años de la conquista del sufragio femenino en México conseguimos la paridad en los cargos de elección popular: por primera vez los partidos políticos serán obligados a postular el mismo número de mujeres y de hombres.

En un acto de justicia y reconocimiento a las mujeres mexicanas, el presidente de la República, Enrique Peña Nieto, firmó la iniciativa que reformará el Código Federal de Instit
uciones y Procedimientos Electorales (COFIPE) para cumplir con el principio de paridad.

Este hecho representa un verdadero avance para las mujeres, más allá de los discursos y eventos conmemorativos, este acto es un hecho tangible que nos permitirá acceder en igualdad de condiciones a la esfera política.

Sin duda tenemos mucho que celebrar y conmemorar, por ello desde el Senado de la República, como presidenta de la Comisión para la Igualdad de Género presentamos el billete de la Lotería Nacional del 60 aniversario del voto femenino en México, el libro Senadoras de México y los pilares del sufragio femenino, así como el sello postal conmemorativo presentado por el titular del Poder Ejecutivo federal en Palacio Nacional.

Y desde el Organismo Nacional de Mujeres Priistas (ONMPRI) que dirijo develamos el busto de la sufragista Margarita García Flores y organizamos el foro “60 aniversario del voto femenino en México”, con la participación de senadoras y diputadas federales.

Pero más allá de los eventos que realizamos, el verdadero avance se refleja en las reformas e iniciativas propuestas desde la Cámara de Senadores, emanadas del Foro 6x60 organizado por el IFE y el Senado de la República, enfocadas con el acceso al poder político, el derecho a votar y ser votadas.

Las mujeres mexicanas han tenido que regatear lo que por derecho les corresponde, ahora tenemos que garantizar lo que ya estableció el Tribunal del Poder Judicial de la Federación en la sentencia 12/624 referente a las juanitas, de forma que las suplencias de l@s candidat@s sean mujeres.

Asimismo debemos establecer medidas de carácter temporal para garantizar el acceso al poder político de las mujeres indígenas y sancionar a los partidos políticos que incumplan con la cuota de género.
Afortunadamente el principio de paridad es un hecho avalado por el presidente Enrique Peña Nieto; para nosotras, el que el Presidente se haya expresado como aliado de las mujeres representa una esperanza para todas las mujeres de México.

Si bien la presencia de la mujer se ha incrementado paulatinamente hasta 30 por ciento en el Congreso de la Unión y apenas 7 por ciento en las presidencias municipales, este hecho histórico permitirá la presencia de más senadoras y diputadas.

Hoy sin duda es el día de la paridad, una aspiración de todas las mexicanas; faltan aún espacios por conquistar, pero estos hechos nos alientan a seguir luchando. Los partidos políticos también tienen su tarea. En el PRI, en la XXI Asamblea Nacional Ordinaria, las mujeres consiguieron que el ONMPRI obtuviera personalidad jurídica y patrimonio propio, autonomía técnica y presupuesto asignado por el partido para su funcionamiento y representación nacional.

Anteriormente el PRI aplicaba la cuota de género sólo para diputados federales y senadores, no para las presidencias municipales, Congresos estatales ni cargos en el partido, ahora el PRI se comprometió a aplicar la cuota de género 60/40 para la postulación de todos los candidatos, así como en la elección de consejeros político nacionales y en los niveles de decisión al interior del PRI.

Es cierto que el derecho de las mujeres a votar llegó tarde en México, sin embargo su lucha ha sido permanente, año con año; elección tras elección, las mujeres conquistan espacios y electores con mayor esfuerzo.