En sus primeros días como presidenta de México, Sheinbaum presentó una serie de cambios constitucionales para respaldar y proteger los derechos de las mujeres y niñas.
La Cámara de Senadores aprobó una de las primeras
reformas propuestas por la presidenta Claudia Sheinbaum: igualdad sustantiva para las
mujeres, que ahora estará presenta en la Constitución Política.
En el Senado de la República se obtuvieron 124 votos a
favor y un voto en contra, así como unanimidad de 126 votos a favor en lo
particular
La igualdad sustantiva establece la observancia del
principio de paridad de género en el nombramiento de personas
titulares en la administración pública, además de mecanismos para reducir la
brecha salarial de género.
Por tanto, se modifican los artículos constitucionales 4°,
párrafo primero; 21, párrafo noveno; 41, párrafo segundo; 73, fracción XXI,
penúltimo párrafo; 116, fracción IX; 122, apartado a, fracción X y 123,
apartados a, fracción vii y b, fracción V y se adiciona un último párrafo al
artículo 4° y un segundo párrafo a la fracción IX del artículo 116.
El proyecto fue turnado a los congresos locales para su
análisis; deberá ser avalado por la mayoría de los parlamentos de las
entidades y de la Ciudad de México.
¿Qué cambios habrá en los artículos constitucionales
modificados para la igualdad sustantiva de la mujer?
En la modificación del artículo se reconocen las
desigualdades históricas entre mujeres y hombres, y con ello se establece el
derecho a la igualdad sustantiva.
Se suman cambios al artículo 21 constitucional,
donde se establece que las instituciones de seguridad pública ajustarán sus
acciones a la perspectiva de género.
La modificación en el artículo 41 establece la
obligatoriedad de la paridad de género en la administración pública, a nivel
federal y estatal.
En cuanto al artículo 73, se cambia la fracción
XXI, en el último párrafo, donde se establece que la Federación conocerá de las
Medidas de Protección que deriven de violencia de género o de delitos del fuero común por
razón de género.
En el artículo 116 consta que las fiscalías
estatales deberán contar con Fiscalías de investigación de delitos por razón de
género.
El tema de la brecha salarial entre hombres y mujeres ‘será
combatido’ con cambios en el artículo 123, al establecer que en las
Leyes del trabajo se establezcan medidas tendientes a erradicarla.
Se detalla que se define lo que significa la Brecha
Salarial de Género, para después emitir la política nacional tendiente a
erradicarla y además, fomentar el acceso de las mujeres a las oportunidades
laborales.
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