Para este proceso electoral todas las candidaturas a los distintos cargos de elección popular deberán cumplir con la ocho de ocho, es decir, no haber incurrido en algún delito de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (VPMRG).
Anteriormente el criterio era un Tres de Tres en contra de
la violencia, pero a raíz de la reforma, publicada en el mes de mayo del 2023,
se amplía a un Ocho de Ocho los supuestos por los que una persona no podrá ser
registrada a una candidatura para contender a un cargo de elección popular, así
como para ocupar un cargo, empleo o comisión del servicio público.
En el mes de diciembre el Consejo General del Instituto
Nacional Electoral (INE) aprobó por unanimidad el procedimiento para constatar
que las personas postuladas como candidatas en el Proceso Electoral Federal
(PEF) 2023-2024 no hayan incurrido en los supuestos establecidos en el Artículo
38, Fracción VII, de la Constitución, así como por algún delito de Violencia
Política contra las Mujeres en Razón de Género (VPMRG).
¿Qué dice la ley?
La Fracción VII del Artículo 38 de la Constitución, relativo
a la suspensión de los derechos o prerrogativas de la ciudadanía establece:
“Por tener sentencia firme por la comisión intencional de
delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad
sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia
familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia
política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades
y tipos".
“Por ser declarada como persona deudora alimentaria
morosa".
“En los supuestos de esta fracción, la persona no podrá ser
registrada como candidata para cualquier cargo de elección popular, ni ser
nombrada para empleo, cargo o comisión en el servicio público”.
Con esto, el criterio antes denominado Tres de Tres en
contra de la violencia, se amplió a Ocho de Ocho supuestos por los que una
persona no podrá ser registrada a una candidatura para contender a un cargo de
elección popular, así como para ocupar un cargo, empleo o comisión del servicio
público.
Además, se estableció que 180 días naturales siguientes a su
entrada en vigor, el Congreso de la Unión y las Legislaturas de las entidades
federativas debían ajustar sus Constituciones y demás legislación para dar
cumplimiento al Decreto.
INE revisará
El INE acordó que a fin de determinar si las personas
registradas como candidatas están en alguno de los supuestos de suspensión de
derechos distinguirá dos hipótesis: las sentencias firmes desde la entrada en
vigor de la Reforma -el 30 de mayo del 2023-, y las respectivas por violencia
política a partir del 14 de abril del 2020.
Además, acordó la integración de un grupo interdisciplinario,
formado por personas de diversas instancias del Instituto, que revisarán la
documentación remitida, tanto por las autoridades competentes, como la
presentada por la ciudadanía.
Después de que el Consejo General aprobó el registro de
candidaturas a la presidencia, diputaciones y senadurías, en la sesión
especial del 29 de febrero de 2024, el INE informó que conformará un listado
para que, desde el 2 de marzo se elaboren y notifique los requerimientos de
información a diversas instancias.
En ellos solicitará sentencias firmes de las personas
candidatas, relacionadas con los supuestos establecidos en la Constitución, por
VPMRG, así como por ser declarada persona deudora alimentaria morosa.
Desde 2021 en el Estado de México fue la primera
ocasión que se precisaron ese tipo de medidas con el llamado tres de tres que
iniciaron a nivel federal, a través de un acuerdo del INE para prevenir,
sancionar y erradicar la violencia política contra las mujeres.
Teresa Castell
En febrero de este año la Sala Superior del Tribunal
Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia de
la Sala Regional Especializada, dictada en julio del 2023, la cual determinó
que la diputada federal por el distrito 34 de Toluca, María Teresa Castell de
Oro Palacios y Óscar Limeta Meléndez incurrieron en violencia política en razón
de género por diversas manifestaciones y publicaciones en redes sociales que
negaron la identidad como mujer trans de una legisladora federal.
Ella ya fue inscrita en el Registro Nacional de Personas
Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de
Género (RNPS), por lo cual el INE determinará si su registro como candidata,
pues este año buscará la reelección por la coalición PAN, PRI y PRD, es
procedente y se mantiene.
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