La Sala Regional Especializada acreditó que el mandatario federal violó los principios de equidad en la contienda al influir en las pasadas elecciones intermedias.
La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del
Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al presidente Andrés Manuel
López Obrador ajustar el contenido de sus conferencias matutinas, que se
realicen entre el 15 de julio y el 1 de agosto, es decir hasta la conclusión de
la consulta popular para enjuiciar a expresidentes, con la finalidad de evitar
que los recursos públicos del Gobierno federal se usen con fines proselitistas
e influir en la ciudadanía.
En un comunicado, el órgano judicial agregó que el
mandatario también deberá ajustar el contenido de sus “mañaneras”, es decir,
deberá abstenerse de promocionar su imagen y logros de gobierno, en el proceso
de revocación de mandato y en futuros procesos electorales para no incidir en
dichos ejercicios de participación.
En sesión pública, la Sala Especializada determinó este
lunes que el titular del Ejecutivo, en su conferencia de prensa del pasado 23
de diciembre del 2020, realizó deliberadamente propaganda gubernamental
personalizada y vulneró los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad
en la contienda.
Por lo tanto, además de ajustar el contenido de sus
“mañaneras”, la Coordinación de Comunicación Social deberá publicar en las
cuentas oficiales y sitio de internet oficial del Gobierno de México el
extracto de la presente sentencia, identificada por el expediente
SRE-PSC-21/2021, durante un periodo de cinco días naturales.
Finalmente, se ordenó dar vista a la Unidad Técnica de los
Contencioso Electoral del INE para que investigue, y en su caso, en ejercicio
de sus atribuciones, inicie un procedimiento relativo a la posible
actualización de alguna infracción electoral por parte de los titulares del
CEPROPIE y de la Coordinación de Comunicación Social y Vocería de Presidencia,
así como a quien pudiera resultar responsable.
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