La Comisión de Legislación y Administración Municipal y la
de Cambio Climático aprobaron reformas a la Ley Orgánica Municipal y el Código
Penal para aumentar la penalidad por maltrato animal en el Estado de México
hasta a cuatro años de prisión, y a seis años cuando se prolongue la agonía del
animal.
Las reformas deben ser votadas en el pleno y publicarse para
entrar en vigor. También se constituirán en los ayuntamientos consejos
municipales de bienestar animal enfocados a establecer políticas públicas como
programas de esterilización, contar con unidades que brinden servicio
veterinario en forma rutinaria y reporten posibles casos de maltrato.
Con las reformas a los artículos 235 Bis y 235 Ter del
Código Penal del Estado de México, a propuesta de la diputada Elizabeth Millán
García de Morena, las comisiones avalaron que quién causa lesiones dolosas a
cualquier animal, que no constituya una plaga, para causarle o no la muerte, se
le impondrán de seis meses a cuatro años de prisión y de 150 a 300 días multa.
A quien realice actos eróticos sexuales a un animal o le
introduzca vía vaginal o rectal el miembro viril, cualquier parte del cuerpo,
objeto o instrumento también se le sancionará con penas de seis meses a cuatro
años de prisión y de 50 a 150 días multa.
Además, a quien causa la muerte no inmediata utilizando
cualquier medio que prolongue la agonía de cualquier animal, que no constituya
plaga, se le impondrán de tres a seis años de prisión y de 200 a 400 días
multa.
Las penas podrán aumentar hasta en una mitad, es decir,
hasta a nueve años si el maltrato animal es cometido por servidores públicos
que tengan por encargo el manejo de animales.
Actualmente el delito de maltrato animal o los actos
sexuales hacia ellos son castigados con penas de hasta dos años de prisión, y
la sanción más alta es de tres años cuando se prolongue su agonía; por lo cual,
con la reforma se duplican las penalidades.
Las y los diputados locales consideraron la necesidad de
incrementar las penas en materia de maltrato animal para inhibir esas
conductas, proteger a los animales, evitar la comisión de conductas que pongan
en peligro su vida, les causan la muerte o incurran en crueldad animal.
Además, las unidades municipales de control y bienestar
animal que deberán crearse tendrán la atribución de efectuar programas de
esterilización hacia todos los animales, incluyendo a los que estén en
situación en calle y se buscarán políticas públicas que generen buenas prácticas
xey control animal a través de la esterilización educación y cultura de la
convivencia responsable.
También deberán atender y canalizar los reportes de maltrato
animal en situación de calle, atender la normatividad en materia de control y
bienestar animal; tener un plan de trabajo anual, contar con medidas de control
sanitario, disponer de equipo que proporcione servicio veterinario de manera rutinaria.
Para eso, podrán habilitar unidades en desuso para la
instalación de unidades móviles de esterilización de animales de compañía y en
situación de calle, a fin de contar con unidades móviles en materia de control
animal con personal médico, equipo y medidas adecuadas.
Incluso, la reforma se establece como meta esterilizar al
10% del total de animales en situación de calle cada año, con la posibilidad de
auxiliarse de algunas dependencias y de la sociedad civil.
También se prevé que cada municipio tendrá un consejo
municipal de protección y bienestar animal, como órgano de consulta para
prevención acuerdos y ejecución de acciones necesarias.
En su integración se garantizará la inclusión de personas
con experiencia en cuidado animal, organizaciones de la sociedad civil y podrá
opinar sobre el programa anual de trabajo de la unidad, sobre acciones a
realizar en materia de cuidado animal en situación de calle, entre otras.
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