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martes, 12 de enero de 2021

Entra en vigor uso medicinal de la marihuana; se publica en el DOF reglamento

 

A partir de mañana será legal la producción, investigación y uso medicinal de la marihuana y sus derivados

   





Este martes fue publicado en el DOF el reglamento de la Ley General de Salud para la producción, investigación y uso medicinal de la marihuana y sus derivados.

Con tres años de retraso, la Secretaría de Salud y el Ejecutivo federal publicaron en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el reglamento de la Ley General de Salud en materia de control sanitario para la producción, investigación y uso medicinal de la cannabis y sus derivados farmacológicos.

Con lo anterior se daría paso a que la industria en la materia pueda operar de manera legal. 

De acuerdo con el artículo 2 del reglamento, las acciones reguladas son: producción primaria para abastecer, generar materia prima para realizar las investigaciones, producir semilla, investigación farmacológica, fabricación de derivados farmacológicos y medicamentos y la formación de médicos para la realización de diagnósticos, preventivos, terapéuticos, de rehabilitación y cuidados paliativos. 

Retrasos en publicación del reglamento

El 27 de junio de 2017, Julio Sánchez y Tépoz, entonces titular de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), anunció que el 16 de diciembre de ese año el mercado mexicano se abriría a la comercialización de productos a base de marihuana, lo que haría posible que en farmacias se vendieran medicamentos de ese tipo y así habría más acceso y disminución en los precios.

Con un retraso de más de 10 meses la reguladora dio a conocer, el 30 de octubre de 2018, una serie de lineamientos en los que estableció que la elaboración, preparación, acondicionamiento, adquisición, posesión, comercio, transporte en cualquier forma, suministro, empleo, uso y consumo de la cannabis se realizaría sólo con fines de investigación médico-científica, mientras que para la siembra, cultivo y cosecha únicamente se podría hacer con fines médicos, pero esto nunca se publicó en el DOF.

En marzo de 2019, tres meses después de que Andrés Manuel López Obrador asumió su cargo como Presidente, la Cofepris revocó dichos lineamientos “por haber excedido su propósito al autorizar la comercialización de diversos productos con derivado de la cannabis en usos distintos a los médicos y científicos”.

El tema quedó en el olvido hasta que el 14 de agosto de 2019, luego de que una madre de familia solicitó un amparo para importar un medicamento con THC, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó a la Secretaría de Salud emitir un reglamento que permita el uso medicinal de la cannabis.

Dicho ordenamiento estableció que la dependencia que encabeza Jorge Alcocer Varela tenía fecha límite el 20 de enero de 2020 para publicar el reglamento, pero no fue así. 

Diez meses después de la fecha límite, en noviembre del año pasado, la Secretaría de Salud dio a conocer el proyecto del Reglamento para la Producción, Investigación y Uso Medicinal de la Cannabis, el cual finalmente se publicó en el DOF este martes y entrará en vigor un día después de su publicación. 
 
Mientras, aún queda pendiente la discusión en el Congreso de la Unión sobre el uso lúdico de la marihuana por resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. La reforma pasó un primer aval en el Senado de la República, pero aún está pendiente su análisis en la Cámara de Diputados tras posponerse para el siguiente periodo ordinario que inicia en febrero. 

 

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