Revoca sentencias y pide realizar diligencias para ver si encuestadoras cumplieron con los parámetros legales y si alcalde y regidores incurrieron en faltas
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial
de la Federación (TEPJF) revocó algunas sentencias del Tribunal Electoral
del Estado de México y le ordenó hacer diligencias y emitir nuevas
resoluciones.
Una de ellas para investigar a la abanderada de la
candidatura común "Juntos Hacemos Historia en el Estado de México",
Delfina Gómez Álvarez, por aparecer en televisión en el evento del 18 de marzo
junto al presidente de la República, y otra, para emitir una nueva resolución
por la aparición del rostro de un menor en un vídeo de la candidata de la
coalición "Va por el Estado de México", Alejandra del Moral
Vela.
También le pidió emitir otra sentencia sobre empresas que
realizaron encuestas y verificar si cumplieron con la metodología y
los parámetros exigidos.
Encuestas
El PAN impugnó la difusión de encuestas que no cumplieron
con la metodología y los criterios para su elaboración, y el pleno consideró
fundados los agravios, pues la autoridad no hizo mayor investigación; por lo
cual propuso revocar la sentencia y ordenó que el Tribunal local se pronuncie
sobre si las personas o empresas que elaboraron las encuestas cumplieron con
los parámetros y ordene las diligencias pertinentes.
Delfina
En otro asunto, el PRI promovió un recurso contra
el desechamiento de una queja contra Delfina Gómez Álvarez, por supuestamente
adquirir tiempos en radio y televisión, al acudir al evento del 18 de marzo y
aparecer junto al presidente de la República.
Se propuso considerar fundados los agravios y ordenar al
tribunal local llevar a cabo las diligencias para determinar lo que en Derecho
corresponda.
El magistrado Indalfer Infante señaló que el evento fue
televisado y la candidata apareció en cámara saludando al presidente, pero no
por eso se puede decir que haya comprado tiempos.
El argumento fue compartido por la magistrada Analí Soto,
quien señaló que no hay elementos para presumir una falta, pues no hubo
estrategia mediática, solo una imagen dentro de una nota televisiva.
El magistrado José Luis Vargas Valdez coincidió en que la
aparición de la candidata fue circunstancial, por lo cual votó en contra, pero
el acuerdo se aprobó por mayoría de votos; por lo cual el tribunal estatal
deberá realizar investigaciones y emitir una nueva resolución.
Del Moral
En otro asunto, Morena impugnó una sentencia del
TEEM por no sancionar la aparición de la imagen de menores en un video de
Alejandra del Moral.
en una infracción, al argumentar que la imagen del menor era
de años anteriores, cuando la candidata era alcaldesa, pero el tribunal federal
ordenó que se emita una nueva resolución, pues el video apareció en el actual
proceso electoral y los rostros debieron ser difuminados.
La magistrada Soto y los magistrados Infante y Vargas
estuvieron en contra, pues consideraron que no hubo intencionalidad y las
personas que aparecieron ya son mayores de edad.
La magistrada Janine Otálora dijo que el spot es actualmente
difundido y por ello propuso que se emita una nueva resolución. Fue aprobado
por mayoría de votos.
Otros asuntos
La Sala Superior también determinó que no se pudo acreditar
que estudiantes hayan participado en un evento proselitista del PRI.
En tanto, una queja sobre la asistencia de regidores de La
Paz a un evento de Delfina Gómez Álvarez fue desechada.
En otro asunto, el PRI impugnó la asistencia de regidores de
Tecámac a un evento de Gómez Álvarez y se consideró fundado el agravio; por lo
cual se aprobó revocar la sentencia y ordenar que el TEEM emita una nueva
resolución donde concluya que los regidores vulneraron el artículo 134
constitucional.
En otro asunto contra el alcalde de Hueypoxtla, la Sala
Superior consideró que el tribunal local no analizó que el edil acudió a un
evento proselitista, por lo cual ordenó emitir una nueva resolución.
Morena y PVEM impugnaron la sentencia del Tribunal Electoral
donde acusaron actos anticipados de campaña por parte de Alejandra del Moral y
el partido Nueva Alianza por la asamblea de ese partido donde rindió protesta
como candidata.
Sin embargo, las y los magistrados consideraron que no fue
un acto proselitista, sino partidista, en un sitio cerrado y sin llamados
expresos a votar.
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