El otorgamiento de guarda y custodia de un menor de edad no debe estar basado en prejuicios de género, señalan
El pleno de la Cámara de Diputados aprobó un dictamen que
modifica la ley mediante la cual, en caso de divorcio, la custodia de los
menores de siete años pasaba en automático a las madres.
La iniciativa aprobada deroga el derecho de la mujer en caso
de un divorcio a la custodia automática de los hijos menores a siete
años, como está establecido en el artículo 282 del Código Civil Federal.
En la iniciativa aprobada por mayoría, los legisladores
determinaron que la norma contravenía el principio de igualdad entre hombres y
mujeres que establece la Constitución.
En el dictamen turnado al Senado para su discusión, los
diputados señalaron que "el otorgamiento de guarda y custodia de un menor
de edad no debe estar basado en prejuicios de género”.
“Actualmente una demanda de divorcio establece como regla
general que los menores de 7 años deberán quedar al cuidado de la madre; sin
embargo, va en contra de la igualdad, debemos repensar las reglas generales
para favorecer las necesidades de las infancias y las mujeres”, explicó la
diputada Taygete Irisay Rodríguez (MC) al presentar la iniciativa.
El dictamen advierte que la ley actual mantiene un
pensamiento tradicional al considerar que la mujer debía ser la encargada del
hogar y los hijos por cuestiones de género, “pero ya está establecido que ambos
gozan de las mismas aptitudes y derechos para cuidar convenientemente al
menor”.
El dictamen que reforma la fracción VI del artículo 282 del
Código Civil Federal se avaló por unanimidad de 476 votos a favor. El dictamen
se turnó a la Cámara de Senadores para su discusión, y en su caso, aprobación.
La reforma establece que, al admitirse la demanda de
divorcio, el juez, previo procedimiento que fije el Código Civil, salvaguardará
de peligro grave y atenderá el interés superior de la niñez.
El dictamen derogó el párrafo segundo de la fracción
referida que dice: “Salvo peligro grave para el normal desarrollo de los hijos,
los menores de siete años deberán quedare al cuidado de la madre”.
50% de bienes al cónyuge que haya desempeñado trabajo de
hogar
El pleno también aprobó una iniciativa para garantizar que
tras un divorcio, el cónyuge que durante el matrimonio se haya dedicado
preponderantemente al desempeño del trabajo del hogar y, en su caso, al cuidado
de los hijos, obtenga el cincuenta por ciento del valor de los bienes.
La iniciativa, que modifica el artículo 273 del Código Penal
Federal, se avaló por mayoría de 459 votos a favor, así como 7 en contra y 18 abstenciones
principalmente por legisladores panistas y algunos de Morena.
De acuerdo con la iniciativa, la reforma permitirá
garantizar la igualdad de derechos matrimoniales de aquel cónyuge que al asumir
las cargas domésticas y familiares no logre desarrollarse en el mercado
laboral.
Sin embargo, la propuesta generó inconformidades incluso de
diputados de Morena, como Susana Prieto Terrazas, quien planteó adicionar una
cláusula para que se establezca que se está refiriendo a los bienes adquiridos
dentro del matrimonio.
De no ser así, advirtió, la propuesta generará escándalo
dentro de los juristas. “No se puede dejar la redacción como se está
planteando, si se aprueba esta Ley generará que más hombres y mujeres tengan
miedo de contraer matrimonio, es importante volver a discutir esta propuesta y
cambiar la redacción”, aseveró.
En defensa del proyecto, el diputado Vicente Alberto Onofre,
también de Morena, recordó que el trabajo realizado en casa no es remunerado y
cuando las mujeres se incorporan al mercado laboral formal ganan 34 por ciento
menos que los hombres: “La reforma establece el derecho a una compensación para
las mujeres se hayan dedicado al cuidado de los hijos y del hogar”.
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