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jueves, 20 de julio de 2017

Si medios denuncian corrupción, ya es obligatorio investigar

El SNA todo este mecanismo vienen cambios y uno de ellos es que ahora ya no se necesita una denuncia para iniciar una investigación por corrupción. Esto quiere decir que si un medio de comunicación da a conocer algún acto ilícito, la fiscalía anticorrupción de la entidad tiene la obligación de seguir el caso.


El SNA está integrado por el Comité Coordinador, el Comité de Participación Ciudadana, el Sistema Nacional de Fiscalización y los 32 Sistemas Locales Anticorrupción. Con todo este mecanismo vienen tres cambios:

Ahora ya no se necesita una denuncia para iniciar una investigación por corrupción. Si un medio de comunicación da a conocer algún acto ilícito, la fiscalía anticorrupción de la entidad o la federal tiene la obligación de seguir de oficio estos casos.

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Comité Coordinador del SNA
Con la entrada en vigor del Sistema Nacional Anticorrupción, habrá sanciones administrativas y penales a servidores públicos y particulares; se persiguen de oficio los casos de corrupción, y el ciudadano debería de tener instituciones articuladas para investigar casos de corrupción… al menos en teoría eso debió suceder desde ayer.
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El SNA está integrado por el Comité Coordinador, el Comité de Participación Ciudadana, el Sistema Nacional de Fiscalización y los 32 Sistemas Locales Anticorrupción. Con todo este mecanismo vienen tres cambios:

Ahora ya no se necesita una denuncia para iniciar una investigación por corrupción. Si un medio de comunicación da a conocer algún acto ilícito, la fiscalía anticorrupción de la entidad o la federal tiene la obligación de seguir de oficio estos casos.

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“Cuando suceden este tipo de noticias, la fiscalía anticorrupción, en su calidad de Ministerio Público, al enterarse de que hay un delito donde tiene facultades para investigar, tiene que iniciar oficiosamente una investigación para cerciorarse que existen los elementos del tipo penal e imputarle alguna responsabilidad a alguna persona”, explicó el especialista en temas de transparencia, Ricardo Peralta, quien además forma parte de la terna de candidatos a ocupar la Fiscalía Anticorrupción.

Como él, Eduardo Bohórquez, de Transparencia Mexicana, coincidió en que éste es uno de los principales logros de la Ley General del SNA, ya que no se necesita de una denuncia forzosamente para iniciar las investigaciones a un funcionario corrupto, o en este caso a un exgobernador.

Otro cambio sustantivo, es el arranque de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, que ya incluye sanciones administrativas y penales a servidores públicos y particulares. De tal manera que durante el proceso de una investigación por corrupción se pueden emitir medidas cautelares contra “quien resulte responsable”, entre ellos: suspensión de cargo, exhibir los documentos originales para evitar que sean alterados, embargo de bienes y multas, y en caso de que se determine que se cometió un delito, se canaliza a las autoridades correspondientes para iniciar el proceso penal.

Y otro avance relevante es la armonización de las instituciones y la participación de la sociedad civil en el seguimiento de casos de corrupción. En las 32 entidades las seis instituciones y el Comité de Participación Ciudadano que integran el Comité Coordinador del SNA estarán relacionadas para, en sus atribuciones, seguir las investigaciones por actos de corrupción.

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