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miércoles, 5 de abril de 2017

¿Quieres un crédito Infonavit? Cambian reglas para hacerlo

Al formalizar el trámite el instituto deberá ser favorecido con la constitución de una hipoteca, publicó el instituto en el DOF; hogares deben tener ecotecnologías; ya es vigente desde febrero.
El titular del Infonavit, David Penchyna, durante una conferencia.
Foto archivo: Cuartoscuro
CIUDAD DE MÉXICO
El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las adecuaciones a las reglas para el Otorgamiento de Créditos a los Trabajadores Derechohabientes de ese instituto.
En el documento se menciona que al formalizarse los créditos, deberá constituirse hipoteca en primer lugar a favor del Instituto o bien garantía fiduciaria a favor del mismo, salvo cuando se trate de créditos sin afectación estructural a la vivienda.
La vivienda que se pretenda adquirir, construir, reparar, ampliar, mejorar, o por la que se pretenda cubrir pasivos adquiridos por cualquiera de estos conceptos, deberá ser cómoda e higiénica.
También deberá estar ubicada en zonas que cuenten con toda la infraestructura urbana: servicios de agua potable, energía eléctrica, drenaje o, en su defecto, fosa séptica y contar con la presencia de ecotecnologías.

La vivienda deberá tener una vida útil probable de treinta años, a partir del otorgamiento del crédito, y ser garantía suficiente del mismo.
La vivienda de que se trate deberá tener uso habitacional. No serán susceptibles de ser objeto de crédito aquellos inmuebles que se destinen a accesorias o locales comerciales y, en general, inmuebles de productos.
Estas reglas entrarán en vigor a partir de su aprobación por el H. Consejo de Administración, lo cual ocurrió el pasado 22 de febrero del presente año.
El Infonavit indicó que “a la entrada en vigor de las presentes reglas, se abrogan las reglas para el Otorgamiento de Créditos a los Trabajadores Derechohabientes del Infonavit, que fueron aprobadas por el H. Consejo de Administración del Instituto y publicadas en el DOF el 15 de abril de 2016, así como las demás disposiciones que se opongan a estas reglas”.
Precisó que las solicitudes de crédito presentadas al Instituto con anterioridad a la entrada en vigor de las presentes reglas, se tramitarán conforme a las disposiciones vigentes en la fecha de presentación de dichas solicitudes.

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