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miércoles, 8 de febrero de 2017

El porqué de las Reformas a la Constitución de 1857




Por JAIME HERNÁNDEZ CRUZ
Estudiante de séptimo cuatrimestre de Derecho en la
Universidad Tecnológica de México.


Ese fue el título del discurso de Venustiano Carranza pronunciado en la sesión inaugural del Congreso Constituyente, en la ciudad de Querétaro, el primero de diciembre de 1916.
A cincuenta años de la constitución de 1857, el escritor y político mexicano Emilio Rabasa hablaba que dicha constitución había sido un proyecto inspirado en preceptos teóricos e ignorante de la conveniencia practica; fue una constitución que ignoró las peculiaridades de un México sin vida pública, cívica, democrática. La constitución fue inoperante, nula, porque esos constituyentes cayeron en el absurdo de "suponer que basta una constitución para hacer un pueblo"
La Constitución de 1917 significo una de las etapas de la lucha revolucionaria, respondiendo a la traición de Victoriano Huerta, con el Plan de Guadalupe; nombrando al gobernador de Coahuila, Venustiano Carranza, Primer Jefe del ejército constitucionalista, a quién se le encargará interinamente el Poder Ejecutivo, aunando a esto los diversos conflictos con el Plan de Ayala de Emiliano Zapata.
El primer paso para la convergencia de la nueva constitución, se efectúo en un discurso pronunciado por Venustiano Carranza, en Hermosillo, Sonora, el 24 de septiembre de 1913, con el título "Crear una nueva constitución"; que se centra pletóricamente en las condiciones sociales, político- económicas que se viven en México durante la dictadura de Porfirio Díaz, Carranza - El pueblo ha vivido ficticiamente, famélico y desgraciado con un puñado de leyes que nada le favorecen. Tenemos que removerlo todo, ordenado y constituirlo de verdad, crear una nueva constitución.
Además el general Venustiano Carranza declara dos decretos, el primero sobre la explotación de petróleo donde suspende todas las obras para la construcción de oleoductos, pozos petrolíferos hasta una nueva legislación, y el decreto que convoca a un congreso constituyente en donde el primer Jefe del Ejército Constitucionalista, convocará a las elecciones para un Congreso Constituyente donde se nombrará a un diputado propietario por cada sesenta mil habitantes. Durante el discurso inaugural Carranza, crítica seriamente los derechos individuales que la constitución de 1857 declara que son base de las instituciones sociales, haciendo especial énfasis en el juicio de amparo; habla también del quebrantamiento de la soberanía nacional y el federalismo, donde el poder central siempre ha impuesto su voluntad, a su vez habla también del atraso de los juicios penales. El 5 de febrero de 1917 se promulga la actual constitución. “El imperio de la constitución (y del derecho) no está en un territorio, en una competencia, en un procedimiento, está definido por las actitudes” –Ronald Dworkin
Tal como lo dice el constitucionalista Felipe Tena Ramírez, la Constitución abarca los principios jurídicos que establecen los órganos supremos del Estado, su forma de creación, las relaciones mutuas y su campo de acción; es un documento donde el Estado formaliza, regula y legitima sus relaciones de poder para con sus ciudadanos y que conforme a las nuevas corrientes debe procurar una defensa efectiva y real de los derechos humanos, autolimitando su poder en favor de los ciudadanos y el compromiso asumido para con ellos deba respetar y garantizar dichos derechos.





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