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lunes, 1 de abril de 2013

Ley de Amparo: primero el interés social

Ruth Zavaleta Salgado

México DF.- En general, la nueva ley fue producto del acuerdo político de los grupos parlamentarios de la pasada y la presente legislatura y otorga mayores garantías para la defensa de los derechos de los ciudadanos.

Hace varios días el pleno de la Cámara de Diputados aprobó la minuta remitida por el Senado de la República sobre los artículos constitucionales 103 y 107, reglamentarios de la Ley de Amparo. Controvertida como cada reforma que se ha votado en el pasado y actual periodo en el Congreso de la Unión. Pero ahora no fue al sector laboral o educativo, sino una parte del económico, precisamente aquél que involucra a las concesionarias.

El debate se concentró en dos fracciones del artículo 129 de la nueva ley (especialmente las fracciones XI —entidades financieras— y XIII —bienes del dominio de la nación—). La argumentación en contra de algunos diputados, que incluso en el pasado, cuando fueron senadores, votaron a favor, se sustenta en el hecho de que es arbitrario quitarle el derecho de la suspensión del acto a los concesionarios toda vez que eso afectaría las inversiones.

Además, otros argumentos planteaban la posibilidad de que los ejidatarios también podrían ser afectados. Los dos argumentos resultan débiles ante el hecho de que la Ley de Amparo está favoreciendo los intereses colectivos por encima de los particulares. Cabe preguntarnos cuántos ciudadanos nos hemos sentido violentados en nuestros derechos al recibir malos servicios de algunas concesionarias y al recurrir a la autoridad ésta no puede brindarnos la protección esperada o solucionar el diferendo. En el segundo caso se trata precisamente de favorecer las decisiones plenarias de los ejidatarios y lograr que tengan mayores beneficios por ello.

De acuerdo con las modificaciones, el artículo 128 de la nueva Ley de Amparo observa que la suspensión se decretará siempre que concurran requisitos como solicitud del quejoso o “que no se siga perjuicio al interés social ni se contravengan disposiciones de orden público”, y en el artículo siguiente (129) se observa que “se considerará, entre otros casos, que se siguen perjuicios al interés social o se contravienen disposiciones de orden público cuando, de concederse la suspensión: …XI. Se impidan o interrumpan los procedimientos relativos a la intervención, revocación, liquidación o quiebra de entidades financieras, y además actos que sean impostergables, siempre en protección del público ahorrador para salvaguardar el sistema de pagos o su estabilidad… XIII. Se impida u obstaculice el Estado la utilización, aprovechamiento o explotación de los bienes de dominio directo referidos en el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.

Para ejemplificar, recordemos el amparo que interpuso Teléfonos de México contra la Comisión Federal de Competencia (Cofetel) desde 2009 por el Plan Técnico de Interconexión y que a la fecha no se ha resuelto. Otro caso más es el de la empresa Iusacell (en alianza con Televisión Azteca), que ganó un amparo contra la misma Cofetel y que impide utilizar los títulos de concesión a Nextel por el uso del espectro radioeléctrico. Cabe preguntarse: ¿Quién pierde más con esta situación?

Desde mi punto de vista, los clientes que no son otros más que los ciudadanos que requieren utilizar los servicios de estas concesionarias y que, a falta de competencia, recibimos malos y caros servicios en comparación a los que se ofertan en cualquier parte del mundo.

En general, la nueva ley fue producto del acuerdo político de los grupos parlamentarios de la pasada y la presente legislatura y otorga mayores garantías para la defensa de los derechos de los ciudadanos, pero los sectores involucrados en las concesiones han generado amplia información para cuestionar la Ley de Amparo tal y como lo hicieron en 2007 con la electoral por la reducción de gastos para propaganda en medios de comunicación masiva.

No obstante todo lo dicho, también es cierto que se necesita incluir a otros actores reales de poder en la construcción de acuerdos como los establecidos en el Pacto por México como, por ejemplo, el sector económico. Hay necesidad de caminar juntos para construir el México que el gobierno de la República propone. La demanda de los concesionarios es importante y es necesario escucharla para afinar perfectamente los acuerdos. De esa forma, la política retomará su perfil de herramienta para la legitimidad y el bienestar social.

Maestra en derecho constitucional por la UNAM

ruthzavaletas@hotmail.com

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