Directorio

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lunes, 18 de febrero de 2013

El amparo

Expresión jurídica de hechos cotidianos

Por el licenciado Salvador Nasta Ripoll

DE LA DIRECCION: Con gran beneplácito recibimos en esta casa editorial al prestigiado jurisconsulto licenciado Salvador Nasta Ripoll quien a partir de esta fecha se integra al equipo de colaboradores con importantes trabajados del área jurídica

El despojo….

¿Es hora de reformar la sanción o penalidad que establece el código penal del Estado de México, para el delito de despojo?

Ecatepec, Méx.- Socialmente estamos viviendo una época difícil conflictiva e injusta, para muchos mexicanos, iniciamos esta serie de artículos para el periódico el mexiquense y lo elegimos por considerar que es un diario de vanguardia y que permite la libre expresión de las ideas, asimismo la intitule así en honor al nombre de mi madre que se llamo en vida Amparo, y cito el ya conocido juego de palabras: cual es el colmo de un abogado, que su madre se llame Amparo.

Hablare de una figura jurídica que conocemos por el delito de DESPOJO, ¿cuantas personas sufren o han sufrido la desgracia de perder una casa o un terreno?, simplemente por tenerlo temporalmente desocupado y que en la mayoría de las legislaciones de este país, se encuentra injustamente regulado o sancionado y en el Estado de México se presenta este fenómeno social y desafortunadamente para muchos mexiquenses que lo han padecido puedo decir con certeza que este delito se encuentra injustamente sancionado por considerarlo un delito no grave. Desde luego es mi punto de vista ya que a lo largo de mi trayectoria profesional de 37 años, he sido participe de muchos casos en que he llevado el patrocinio de estos y en el que pocas veces se llega a un resultado satisfactorio para las personas que lo padecen y me pregunto ¿Por qué el robarse un carro con violencia, es un delito grave (delito que no tiene derecho a fianza por el delincuente)y el despojar una casa o el terreno o inclusive inmuebles en plena construcción, ocupados y desocupados con violencia o sin ella, por que no se considera un delito grave y estos sucede en la mayoría de las legislaciones de los estados.

Este hecho lamentable que sufren miles de mexicanos, que habiendo hecho una inversión con su ahorro de varios años para comprarse un terrenito o un departamento o una casa o que la hayan adquirido por otro medio como herencia o legado, inclusive inmobiliarias u organismos como el infonavit por no decir mas que en el desarrollo de la construcción, en ocasiones recibe la invasión masiva de las viviendas, como por ejemplo en Ecatepec, donde existen invasiones como la de San Isidro Atlautenco, que fueron setecientos los departamentos invadidos aproximadamente, o en La Monera que fueron mas de doscientos casos, en CTM XIV y demas, y que ese fenómeno social delictivo se cometen en cualquier parte del estado y del país pero que se acentúan sobre todo en la zona metropolitana (Estado de México y Distrito Federal), y que al amparo de que un inmueble se encuentre desocupado temporalmente, se introducen sujetos o familias enteras por su voluntad o instigados por agrupaciones sociales que presumiblemente así se denominan, y que los propietarios o poseedores padecen ese latrocinio que los lastima y los afecta en su patrimonio.

Hoy me dirijo a quien en encabeza los destinos del estado de México, al gobernador Eruviel Ávila Villegas, doctor en derecho que se ha caracterizado por llevar a cabo iniciativas que beneficien a la colectividad, y que desde luego es del conocimiento de este, esta problemática en su estado siendo el mas poblado del país, inclusive considera el autor que probablemente este realizando estudios sobre este delito y que los agentes delictivos que lo ejecutan pretenden justificar su acto por carecer de una vivienda, sin embargo pido a quien gobierna la entidad que se lleve a cabo a la brevedad posible esta reforma que se propone, es hora de frenar esta injusticia que se comete contra muchos mexicanos, el ejecutivo estatal acostumbra realizar encuestas por diversos medios masivos de comunicación, y para el caso que nos ocupa el preguntar que opinión tienen los mexiquenses sobre la penalidad del despojo de un bien inmueble, y del resultado de las misma tomar acciones que pueden cambiar el destino de esta grave injusticia que reciben sus gobernados, estoy seguro que si lo decide pronto se dará una iniciativa que venga cambiar primero en el estado de México y que servirá de ejemplo para otras entidades.

El que escribe desea comentar que este grave problema social es derivado de la sanción del delito de despojo que actualmente tiene y que permite que el ministerio publico se encuentre limitado en su función de actuar para sancionar y castigar el delito, y además provoca que la autoridad investigue y que desafortunadamente se de el fenómeno de la corrupción y como resultado el delito quede impune para quienes lo cometen; cuando el ciudadano afectado presenta su denuncia y se lleva a cabo la inspección ocular, lo hacen con tanto miedo y cuidado de respetar el derecho del ocupante cuando que en la mayoría de los casos tienen enfrente al delincuente que además su postura demuestra soberbia, enojo, prepotencia y abuso y al final de cuentas el proceso de averiguación resulta costosísimo y a veces ni siquiera recuperan su inmueble, por todas la barreras que enfrentan, siendo uno de ellos es el aspecto económico, la burocracia de las autoridades que tienen conocimiento y la corrupción de las mismas, y que se limitan en su actuación por no tener una legislación adecuada para sancionar este delito.

Señor gobernador, acabe por favor con esta injusticia que sufren miles de mexiquenses y no permita que este grave problema continúe que en la mayoría de las veces quede impune el delito del despojo, y que sus autores intelectuales y materiales no reciben castigo alguno, y por ello se ha multiplicado.

Propongo que el Articulo 308 Fracciones I y II en relación con el numeral 9, del Código Penal del Estado de México, no solo se reforme y convierta en delito grave si no incluso se aumenten las penas que el actual código penal establece y la reforma deberá decir “ Articulo 9.- Se reforma en su parte que a la letra dice.- se califican como delitos graves para todos los efectos legales: el del despojo a que se refiere el numeral 308 en todas sus modalidades y desde luego deberán aumentar las penas previstas para este delito, en donde sus asesores jurídicos determinaran esa propuesta que se turne al poder legislativo para su aprobación correspondiente.

Acabemos con esta injusticia social que ha prevalecido por muchos años y que desde mi punto de vista, y de estar seguro que muchos mexicanos, y por ello EL AMPARO, debe funcionar para los que sufren por esta conducta delictiva.

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